El exalcalde de Santa Brígida Antonio Díaz recurrirá a la Sala Segunda del Tribunal Supremo la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas que lo ha condenado a cinco años de prisión por los delitos de falsedad de documento oficial y de prevaricación administrativa. En la misma sentencia la sala absuelve a los otros dos procesados: el exconcejal de Urbanismo y exvicepresidente del Cabildo Carlos Sánchez (PP) y el abogado municipal Adolfo Llamas.

El fiscal Miguel Pallarés pidió en el juicio 16 años y seis meses de cárcel para Díaz Hernández, dos años para el abogado Llamas Sánchez y nueve meses para Sánchez Ojeda, que estaban acusados de los delitos de malversación de fondos públicos, prevaricación y falsedad en documento oficial.

Díaz aseguró ayer a este periódico que recurrirá la sentencia: "No tiene ni pies ni cabeza. Yo no soy ningún delincuente y lo voy a demostrar. Como alcalde me pude equivocar, pero siempre sin mala fe, de forma involuntaria, pero lo que es evidente es que nunca cometí un delito cuando estuve al frente de la corporación".

El fiscal señaló que Adolfo Llamas, aprovechando la amistad con Antonio Díaz, había prestado servicios como asesor jurídico en la gestión de recursos humanos del Ayuntamiento de Santa Brígida entre los años 2002 y 2007 "sin que exista procedimiento administrativo alguno de selección ni expediente de contratación", por lo que cobró 251.106,78 euros por cinco años. En 2002 el alcalde era el fallecido Carmelo Vega, mientras que Díaz era teniente de alcalde.

Díaz señaló ayer: "Ni siquiera contraté yo los servicios jurídicos de Adolfo Llamas para el Ayuntamiento. Lo contrató Manuel Galindo cuando fue alcalde, luego Carmelo Vega le renovó el poder y cuando yo llegué a la Alcaldía hice exactamente lo mismo".

El ministerio público afirmó en el juicio que Llamas, "con evidente ánimo de lucro ilícito, habría percibido del Ayuntamiento, por gestión de nóminas y personal, 4.185,11 euros mensuales, muy por encima de los 1.890,00 euros que se había comprometido a cobrar por la prestación de este servicio mediante pacto verbal" entre él y Vega. En ese periodo Llamas actuó como letrado en defensa de la corporación municipal satauteña, "también sin procedimiento de selección alguno, constando acuerdo entre las partes para el cobro de mil euros por procedimiento, si bien es cierto que entre los años 2002 y 2010 se embolsó, igualmente con ánimo de ilícito enriquecimiento, un total de 334.120,14 euros", decía el fiscal.

Pallarés entendía que los cobros del abogado se hicieron "por la amistad existente" entre Llamas y Díaz. Este último fue concejal de Hacienda y Personal entre 1994 y 2003, de Urbanismo entre 2004 y 2005 y finalmente alcalde desde el 5 de septiembre de 2005 hasta 2007. "Precisamente esta amistad entre ambos dio lugar a que Díaz decidiera no someterse al precio pactado y autorizara el abono a Llamas de cuentas minutas por recursos y pleitos judiciales, aún excediendo en mucho el precio máximo, con evidente perjuicio para las arcas municipales durante su mandato como alcalde", afirma el escrito del fiscal.

Esta acusación del fiscal no ha sido tenida en cuenta por el tribunal presidido por Miguel Ángel Parramón, que fue el ponente, y compuesto también por Pedro Herrera y Secundino Alemán. Por eso el abogado municipal, que fue defendido por su hija Mónica Llamas, fue absuelto. Díaz también fue defendido por la misma letrada mientras que a Carlos Sánchez, que también fue declarado inocente, lo defendió el abogado Agustín Santana.

El tribunal destaca en su sentencia que "al acusado se le condena por una pluralidad de conductas irregulares que están relacionadas con el ejercicio por su parte de la función pública como responsable municipal, un conjunto de actuaciones ilegales, lo que de suyo incrementa la antijuridicidad predicable de cada infracción aislada".