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Los jueces reiteran la nulidad de la elección del secretario del Cabildo

Una nueva sentencia del TSJC confirma que en el nombramiento de Muñecas no se tuvieron en cuenta los méritos y la experiencia de los otros dos candidatos

Marcelino López Peraza. LP / DLP

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado parcialmente un recurso de apelación de José Marcelino López Peraza en el procedimiento emprendido contra el primer nombramiento de Antonio Muñecas como secretario del Cabildo de Gran Canaria, el del año 2013, y reitera la nulidad de esa elección por no tener en cuenta los méritos y la experiencia de los otros dos candidatos a esa plaza, el propio López Peraza y María Dolores Ruiz San Román.

Esta nueva resolución del TSJC, de fecha de 24 de abril de 2017 y notificada hace unos días, estima el recurso contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas, que desestimó la primera reclamación de López Peraza, y la revoca por no estar ajustada a derecho, "debiendo estar el Cabildo a lo dispuesto" por una anterior sentencia de la misma Sala que obligaba al presidente insular, Antonio Morales, a realizar un nuevo nombramiento.

El gobierno del Cabildo ha vuelto a elegir a Muñecas, lo que previsiblemente dará lugar a nuevas demandas judiciales, según adelantaron las fuentes consultadas. Los afectados entienden que en el nuevo nombramiento se han repetido las mismas baremaciones de méritos que ya fueron anuladas por los jueces en sentencias anteriores.

El acto originario impugnado en esta última sentencia de la Sala, formada por los magistrados César García Otero, Jaime Borrás e Inmaculada Rodríguez, es la resolución expresa del recurso de reposición interpuesto, a su vez, contra la resolución del presidente del Cabildo por el que se nombró a Antonio Muñecas como secretario general del Pleno.

Anteriormente, la misma ya había anulado ese nombramiento, considerándolo nulo de pleno derecho y ordenando la retroacción de las actuaciones al momento de la baremación de los méritos, los cuales, precisó, debían ser valorados en "forma clara" con fundamento en que los principios de mérito y capacidad también rige en el procedimiento de libre designación.

En la antedicha sentencia (la que resolvió la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición de López Peraza), la Sala había recogido en sus fundamentos que "era paradójico que se hubiera sido designado el candidato que menos méritos tenía".

En desacuerdo, Muñecas interpuso una acción de rectificación del contenido del fundamento jurídico de la referida sentencia, en el que solicitaba que se procediera a "rectificar el error material de que adolece la Sentencia de 18 de marzo de 2016 en el sentido de que se elimine o rectifique la errónea afirmación conforme a la cual D. Antonio Muñecas sería el candidato que menos experiencia tiene en la materia". Esa petición fue desestimada por un auto de la Sala, quedando confirmado que los otros dos aspirantes a la plaza tenían mejores valoraciones objetivas para ocupar el puesto.

Después, la representación legal de Muñecas interpuso una acción de nulidad, que también fue desestimada con expresa condena en las costas. Se da la circunstancia que tanto Muñecas como el Cabildo, codemandado en este procedimiento, habían solicitado el archivo del último de los recursos interpuestos por López Peraza, por "pérdida sobrevenida del objeto", al existir un pronunciamiento anterior de la Sala sobre el mismo acto (nombramiento de Muñecas) que ya había sido declarado nulo y anulado; siendo desestimado tal planteamiento.

Revocación

Finalmente, la Sala ha vuelto a fallar, parcialmente, a favor de López Peraza, anulando las costas que le fueron impuestas en la primera instancia y con revocación, asimismo, de la sentencia del Juzgado Número 6 porque "la sentencia impugnada es contraria a lo señalado por esta Sala en su sentencia de fecha 18 de marzo de 2016" que había dado la razón y fallado a favor de López Peraza, por "aplicación del principio de unidad de doctrina al no observarse motivo para modificar el criterio adoptado".

Muñecas fue elegido en 2013 por el entonces presidente del Cabildo, José Miguel Bravo de Laguna, pero el nombramiento fue recurrido por los otros dos candidatos. La demanda de López Peraza prosperó y los tribunales anularon su elección en marzo de 2016 con el argumento de que era el aspirante que tenía "menos experiencia en la materia".

Dos autos judiciales posteriores de la Sala de lo Contencioso-Administrativo confirmaron la sentencia y obligaron a elegir un nuevo secretario. El actual presidente, Antonio Morales, volvió a optar Muñecas, lo que reabre el conflicto entre los tres candidatos.

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