El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado que el Cabildo de Gran Canaria tenga que indemnizar a la cadena turística Riu Hotels S.A. por suspender en 2013 la licencia urbanística que le permitía derribar el Hotel Oasis y construir otro nuevo, en la misma parcela de Maspalomas, para proteger la zona como Bien de Interés Cultural (BIC) .

En la demanda Riu defiende que la pretensión del Cabildo grancanario de proteger el Oasis de Maspalomas como BIC, en la categoría de Sitio Histórico, por el paso del Almirante Colón por este paraje carecía de justificación porque el acontecimiento "no es un hecho destacado" como requiere la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, y lo único que se puede relacionar es la Charca y el Palmeral que ya están protegidos. Además, el grupo hotelero sostiene que la incoación de este expediente incurría en "desviación de poder" porque pretendía establecer una ordenación urbanística de este espacio para favorecer los intereses empresariales de su competidor, el grupo hotelero Lopesan.

El fallo de la magistrada Sagrario Tovar De la Fe está fechado el mismo día, el pasado 28 de julio, en el que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias hizo pública la sentencia que amparaba la posición del Cabildo de Gran Canaria adoptada durante el mandato de José Miguel Bravo de Laguna, y condenaba al Gobierno de Canarias a proteger como BIC el Oasis de Maspalomas, algo a lo que el Ejecutivo de Paulino Rivero se opuso en 2014.

En la sentencia la jueza destaca que el TSJC acaba de pronunciarse sobre el fondo de este litigio al ordenar al Gobierno canario que proteja como BIC el Oasis de Maspalomas, en un veredicto "que da respuesta a las cuestiones" que esgrime el grupo hotelero.

Riu exigía en esta demanda que se anulara el procedimiento de incoación del BIC de Maspalomas, que se revocara la disposición que suspendió las licencias que le otorgó el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana en 2013 para construir un nuevo hotel en la parcela del establecimiento que sigue gestionando con categoría de cuatro estrellas en lugar de las cinco que tenía antes de que se iniciara este proceso, y que el Cabildo le indemnizara por "los perjuicios causados" por esas decisiones.

El TSJC entendió justificado que se vincule ese espacio natural del Su r de Gran Canaria con los viajes de Cristóbal Colón, porque así lo corroboran los once informes de expertos que se incluían en el expediente tramitado por el Cabildo de Gran Canaria para pedir al Gobierno que aprobara el BIC, incluido el del propio Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria no añade más argumentos que los ya expuestos por esa sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con la salvedad de recordar que la suspensión de las licencias de la que se quejaba Riu es un efecto derivado de la incoación del BIC y previsto en el procedimiento legal que regula su tramitación.

En su momento, el Gobierno canario se negó a aceptar el expediente del BIC de todo el paraje del Oasis por apreciar precisamente "desviación de poder" , tal y como quedó recogido en el decreto que denegaba su aprobación, posición que ha sido corregida por la reciente sentencia del TSJC.

"Resulta insostenible que un órgano administrativo y de gobierno de una administración califique la actuación de otra administración como incursa en desviación de poder, pues ni tiene el carácter neutral que requiere su aplicación, ni se produce en un procedimiento contradictorio, ni existe norma que le habilite para ello", decían los magistrados firmantes de esa resolución, antes de subrayar que tampoco observaban tal desviación de poder. El TSJC recordaba, que la declaración de ese BIC "por sí sola no impide la construcción de un gran hotel en la zona".

Ell grupo hotelero balear puede interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC.