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Los hoteles deberán eliminar camas y dar suelo a los municipios para ser legalizados

La proposición de ley debe ser aprobada por el pleno del Cabildo y el Parlamento de Canarias

 

ARÁNZAZU FERNÁNDEZ Los establecimientos hoteleros de Lanzarote que están en situación ilegal al ser anuladas sus licencias de construcción por sentencias firmes de los tribunales de Justicia, tendrán la oportunidad de adaptase a la ley ejecutando, mediante obras, la eliminación o modificación del número de plazas alojativas que excedan el límite máximo establecido en el Plan Insular de Ordenación, con el fin de adaptar su capacidad al cupo de camas permitidas en cada plan parcial y equipararse a la oferta reglamentaria en la Isla.



Ésa es una de las condiciones que contempla la iniciativa legislativa presentada ayer en el seno del Consejo de la Reserva de la Biosfera por la presidenta del Cabildo, Manuela Armas (PSC), a tan sólo dos días de ser sometida, el próximo sábado, a una moción de censura por los partidos CC, PP, PIL y PNL-NC. Esas cuatro formaciones proponen al nacionalista Pedro Sanginés como nuevo mandatario de la institución insular.



El texto, elaborado por técnicos y juristas de la corporación cabildicia y la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias, lleva por título Requisitos para la Normalización de Establecimientos Turísticos Irregulares. Establece también como medida compensatoria del interés general por las camas o edificabilidad de más, la cesión de suelo a los ayuntamientos en cuyos municipios se asientan los edificios turísticos ilegalizados. Las superficies puestas a disposición de los consistorios serán recalificadas para darles uso dotacional público.



Este procedimiento extraordinario sólo podrá ser iniciado por los propietarios que voluntariamente deseen acogerse al mismo, si la proposición de ley recibe el respaldo del pleno del Cabildo y el Parlamento canario.



No podrán acogerse, en ningún caso, a esta vía de legalización excepcional, entre otros supuestos, los alojamientos que no han iniciado y concluido las obras de edificación, salvo que éstas hayan alcanzado un grado de ejecución material superior al 75%. En el caso de las finalizadas, quedarán fuera del proceso los inmuebles que infrinjan la Ley de Costas y la normativa sobre seguridad y protección de incendios; invadan zonas verdes, espacios libres o viales previstos en los planes de ordenación o vulneren parámetros urbanísticos no susceptibles de homogeneización, como el volumen edificatorio.


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