El Supremo anula la moratoria del Cabildo de Lanzarote

La anulación definitiva de la iniciativa para contener el crecimiento turístico no afecta a los 22 hoteles ilegales

 

EUROPA PRESS - ARRECIFE (LANZAROTE) La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado definitivamente la moratoria turística del Cabildo de Lanzarote, tal y como han informado a Europa Press fuentes cercanas al Ayuntamiento de Yaiza. El TS rechazó el recurso de casación que habían interpuesto el Gobierno de Canarias, el Cabildo de Lanzarote y la Fundación César Manrique, que deberán pagar cada uno de ellos 12.000 euros por las costas del juicio.

Este fallo confirma la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que en noviembre del 2006 anuló el decreto de aprobación definitiva de la revisión parcial del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote, más conocida como moratoria turística, "por no ser ajustada a derecho".

El TSJC anuló la moratoria --que había sido recurrida por el Ayuntamiento de Yaiza y varios empresarios afectados-- por entender que esta normativa no tenía una precisión económica suficiente para indemnizar a los promotores.

De esta manera, rechazaba el argumento de la "innecesariedad del estudio económico" ya que la moratoria "transforma uso turístico en uso residencial y el informe pericial obrante en autos muestra claramente la diferencia de valor de uno y otro uso".

Esta revisión del PIOT se realizó en el año 2000 con la filosofía de contener el crecimiento turístico, fijando a través de esta normativa un techo máximo de construcción hasta el año 2010. Es decir, que en diez años sólo se podrían construir 10.700 plazas turísticas de las más de 30.000 que estaban previstas en el Plan Insular de Ordenación Territorial.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press aseguraron que la anulación de la moratoria no afectará a los 22 hoteles ilegales cuyas licencias fueron anuladas por los tribunales de justicia. El motivo es que a pesar de que estos establecimientos esencialmente recurridos por no respetar la moratoria, también incumplían con el PIOT del año 1991, que aún sigue vigente.

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