La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a una pena de diez años de prisión a un hombre al que acusa de intentar asesinar a su compañera sentimental de un disparo de escopeta en el vientre que provocó que se le salieran los intestinos por la herida.

Los hechos tuvieron lugar en Tinajo (Lanzarote) sobre las 23.00 horas del 27 de mayo de 2009, cuando el acusado, E.J.R.B., que tenía entonces 45 años, discutió con su compañera sentimental insistiendo en que ella tenía que hacer lo que él le dijera

Añade que, con intención de acabar con su vida, cogió una escopeta del calibre 12 y se dirigió hacia el salón donde se encontraba su compañera y una sobrina que acababa de llegar.

Tras decirles que de allí no salía nadie, sacó la escopeta que tenía oculta tras un mueble y sin previo aviso, realizó un disparo contra el vientre de su compañera, que cayó al suelo mientras que la sobrina logró escapar con el hijo de seis meses de la mujer y su agresor.

Añade la sentencia que el procesado dejó tirada en el suelo a la víctima "desangrándose" y la volvió a apuntar con la escopeta.

La sobrina avisó inmediatamente a una ambulancia y a la Policía que trasladó a la mujer y al procesado a un hospital, ya que él también precisó asistencia al dispararse una vez con el arma en la cara.

Como consecuencia de la agresión, la mujer tuvo que ser intervenida de urgencia en el Hospital General de Lanzarote y después en Hospital Doctor Negrín de Gran Canaria y estuvo 36 días hospitalizada.

Previamente a estos hechos el procesado había estado en un teleclub de Tinajo viendo un partido de fútbol, donde bebió cerveza y un whisky, lo que disminuía levemente sus capacidades cognitivas y volitivas.

Añade el fallo que los testimonios de las dos mujeres son "totalmente sinceros" y acreditan sin lugar a dudas que la intención del procesado cuando disparó era acabar con la vida de su compañera, además de que le disparó en el vientre provocándole que el intestino se le saliese por la herida, pretendiendo la mujer meterlo de nuevo, "evidentemente sin conseguirlo".

Además, le dijo "ni Dios te va a sacar de ésta", lo que refleja que el ánimo del procesado era acabar con la vida de su pareja y si no lo consiguió fue porque fue asistida rápidamente al poder la sobrina salir de la vivienda y pedir ayuda en casa del vecino.

Por todo esto, la sentencia considera que el acusado es autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, con la concurrencia de la agravante de parentesco y atenuante analógica de embriaguez, por lo que le impone una pena de diez años de prisión.