El exalcalde de Teguise (Lanzarote) Juan Pedro Hernández ha sido condenado este martes a nueve años de inhabilitación para cargos públicos tras confesar ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias que en 1998 y 2001 dio licencias para hoteles y apartamentos a sabiendas de su ilegalidad.

Hernández, que durante la pasada legislatura fue diputado autonómico por Coalición Canaria, se ha reconocido culpable de un delito continuado de prevaricación urbanística, relacionado con las licencias que concedió en su municipio a finales de los años noventa y principios de la década del 2000, cuando en Canarias ya se tramitaba una moratoria que iba a suspender esos permisos.

En esta pieza del "Caso Yate", la Fiscalía y la acusación particular ejercida por el denunciante de los hechos, el exconsejero del Cabildo de Lanzarote, Carlos Espino (PSOE), reprochaban al exalcalde el haber autorizado casi 1.800 plazas turísticas en Teguise sin pedir los informes necesarios y a sabiendas de que conculcaba la legislación, unos hechos que él hoy ha admitido.

La sentencia ha sido dictada en voz por el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Antonio Doreste, tras la conformidad alcanzada entre la defensa y las dos acusaciones, la pública y la particular.

Esta última calificaba inicialmente los hechos como dos delitos continuados de prevaricación urbanística, por los que solicitaba una pena de cuatro años de cárcel y diez de inhabilitación para todo cargo público.

El Ministerio Público reclamaba la inhabilitación del exalcalde por un periodo de nueve años como autor de un delito continuado de prevaricación, que hoy ha considerado urbanístico y ha añadido una multa de 5.400 euros, pena con la que se han conformado la defensa y la acusación particular.

Según los hechos reconocidos, el acusado, que fue alcalde de Teguise entre los años 1991 y 2007, sabía que el Cabildo de Lanzarote había decretado la suspensión del otorgamiento de licencias de obra para la construcción de nueva oferta alojativa turística porque estaba en trámite de revisión el Plan Insular de Ordenación Territorial, así como que debía pedir un informe de compatibilidad para aquellas que se pudieran solicitar.

El procesado otorgó en 1999 cuatro licencias de obra para la edificación de hoteles y apartamentos turísticos en el municipio, que posteriormente fueron declaradas nulas en virtud de las sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC.

Estas licencias incumplían el acuerdo del Cabildo y fueron otorgadas sin que en ellas constase los preceptivos informes técnicos y jurídicos, según se señala en el escrito del fiscal.

Así, el acusado el 12 de enero de 1999 otorgó licencia de obra en la parcela número 216 del Plan Parcial de Costa Teguise a favor de la entidad "Hoteles Playa Canarias, SL" posteriormente absorbida por el "Grupo Hoteles Playa, SA", para edificar un hotel de cinco estrellas en la calle Las Aulagas de Costa Teguise.

Posteriormente, el 13 de mayo de 1999 concedió licencia de obra a la entidad "Colinas Residencial" para construir 48 apartamentos turísticos en la parcela 318-22 del Plan Parcial de Costa Teguise, y seis días después, el 19 de mayo de ese año, otorgó licencia de obra a la entidad "Armadores de Puerto Rico, SA" para edificar un hotel de cuatro estrellas en la parcela número 210 del mismo plan.

La otra licencia ilegal es la autorizada el 3 de noviembre de 1999 para construir un conjunto de apartamentos turísticos de cuatro llaves y 157 unidades alojativas en la parcela número 214 del Plan Parcial de Costa Teguise.