Acaymo es el nombre del primer bebé inscrito este jueves en el Registro Civil directamente desde el Hospital de Hospital General Dr. José Molina Orosa, de Lanzarote, que ha sido elegido como centro hospitalario pionero del Archipiélago para tomar parte en un proyecto piloto del Ministerio de Justicia para comunicar el registro de nacimientos. Dicha iniciativa comenzó este jueves y se irá implantando de forma progresiva en todos los centros públicos y privados.

De esta forma, el Servicio de Admisión de Urgencias del hospital queda facultado para ejercer esta labor, y los padres y familiares ya no tendrán que desplazarse hasta el Registro Civil para realizar los trámites pertinentes.

Para la inscripción de los recién nacidos, los hospitales deberán remitir toda la documentación al Registro Civil en un plazo de 72 horas desde el nacimiento y los facultativos serán los responsables de identificar al bebé y certificar su filiación materna.

Legislación

Este sistema se ampara bajo la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, orientada en este caso a la tramitación electrónica desde los centros sanitarios de los nacimientos.

La Ley incide en la seguridad de identificación de los recién nacidos y la determinación, sin género de dudas, de la relación entre la madre y el hijo, a través de la realización, en su caso, de las pruebas médicas, biométricas y analíticas necesarias; y por otra parte, se multiplican los controles para el caso de fallecimiento de los nacidos en los centros sanitarios tras los primeros seis meses de gestación, exigiéndose que el certificado de defunción aparezca firmado por dos facultativos, quienes deberán afirmar bajo su responsabilidad que del parto y, en su caso, de las pruebas realizadas con el material genético de la madre y el hijo, no se desprenden dudas sobre la relación materno filial.

Estos datos, conforme queda regulado en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, formarán parte de la historia clínica del recién nacido, donde se conservarán hasta su fallecimiento y, producido éste, se trasladarán a los archivos definitivos de la Administración correspondiente, donde se conservarán con las debidas medidas de seguridad.

Igualmente, en el ámbito de la protección de la infancia, se establece la no obligatoriedad de la madre que renuncia a su hijo en el momento del parto a promover la inscripción de nacimiento, pasando esa obligación a la entidad pública correspondiente, sin que en tal caso el domicilio materno conste a los efectos estadísticos, evitando el consiguiente efecto de empadronamiento automático del menor en el domicilio de la madre que ha renunciado a su hijo.

Otros centros pioneros

Además, de en el Hospital Dr. José Molina Orosa, de Lanzarote, la implantación de este sistema ha comenzado los hospitales Clínico de Valladolid, Complejo Hospitalario de Pontevedra, Gutiérrez Ortega de Valdepeñas, Hospital de Terrassa, Hospital de Álava, Juan Ramón Jiménez de Huelva, Hospital Comarcal de Melilla, Hospital de Mérida, Hospital Comarcal del Noroeste de Caravaca de la Cruz, Hospital de Inca, Hospital Central de Asturias, Doctor Peset de Valencia, Clínico Lozano Blesa de Zaragoza, Complejo Hospitalario de Navarra, San Pedro de Logroño, y en los hospitales madrileños de Alcorcón, Torrejón, Fuenlabrada, Infanta Leonor, Puerta de Hierro e Infanta Leonor.