La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a Andrés Vicente Suárez Álvarez, de 64 años de edad, a cuatro años y un día de prisión por abusar sexualmente de la sobrina de su pareja, que contaba con 12 años de edad en el momento en el que ocurrieron los hechos, el 9 de diciembre de 2013, en el domicilio familiar del ahora procesado. Asimismo, la sentencia prohíbe durante siete años a Andrés Vicente acercarse a menos de 300 metros de la residencia de la víctima, su lugar de trabajo y estudio, así como comunicarse con ella por cualquier medio.

Por otro lado, el fallo impone una libertad vigilada a Andrés Vicente a lo largo de cinco años con posterioridad a su salida de la cárcel y a indeminizar a la menor con 3.000 euros además de abonar las costas procesales.

Según el relato de los hechos probados en la sentencia, con fecha del pasado 30 de junio, Andrés Vicente se encontraba en su dormitorio en compañía de la menor de 12 años y su hermana, de 7 años. El acusado aprovechó que su mujer había salido de la casa y le dejó los niños a su cargo para cometer el delito de abuso sexual por el que ha sido juzgado. Se da la circunstancia de que en el mismo inmueble se encontraba la madre de Andrés Vicente, una anciana de 90 años de edad.

Cuando la niña más pequeña salió de la estancia, se dirigió hacia la de 12 años "con la intención de satisfacer sus instintos sexuales y colocó su cabeza entre las piernas de la menor al tiempo que le decía, en referencia a sus genitales, 'te lo quiero comer todo'. Momentos después", continúa relatando la sentencia, "el acusado cogió una de las manos de la menor y la introdujo por dentro del pantalón, con la intención de que éste le tocara el pene, lo que consiguió empujando la mano de la niña hacia abajo, hasta que ésta pudo sacar su mano. Después se la agarró rozando contra ella sus genitales en varias ocasiones".

La Audiencia Provincial considera que la declaración de la niña ha sido "verosímil, persistente en el tiempo, sin incurrir en contradicciones". Dicho testimonio ha quedado corroborado por las manifestaciones de sus padres, quienes aseguraron que su hija les contó lo ocurrido cuando llegaron a casa.

Las relaciones entre el condenado y la víctima eran "muy buenas", tal y como ambos declararon, al igual que los padres y la tía de la niña. "No había existido ningún problema entre el acusado y la niña que pudiera haber provocado en ella resentimiento y ningún beneficio obtenía narrando estos hechos a sus padres. Todo lo contrario, la relación familiar con su tía se ha deteriorado como consecuencia de estos hechos", recoge el fallo.

Aunque la anciana y su hijo apuntaron que ninguno había subido a la parte alta de la vivienda, donde estaban las menores, sin embargo, incurrieron en contradicciones cuando explicaron qué tareas hacían ese día. La sentencia se puede recurrir ante el Supremo.

Más información en La Voz de Lanzarote.