La nueva ordenanza municipal de uso y gestión del litoral de Arrecife traerá consigo una serie de prohibiciones tanto en los paseos marítimos, playas y calas de ciudad. Fumar en la playa, hacer botellones o la prestación de servicios de masaje son algunas de las actividades que serán sancionadas.

Los botellones y la prestación de servicios de masaje, relax y similares son algunas de las prohibiciones que se contemplan en la nueva ordenanza municipal de uso y gestión del litoral de Arrecife (que engloba también las playas y las calas) que aprobó ayer de forma inicial el pleno del Ayuntamiento de Arrecife. Unas actividades que podrán ser sancionadas, una vez las normativa que entre en vigor, con multas que oscilan entre los 750 y los 3.000 euros.

La calidad del litoral y las playas de Arrecife para los ciudadanos, así como su adaptación a las demandas turísticas actuales y a la mayor utilización y disfrute de las mismas, sin que ello repercuta negativamente en la conservación de los recursos naturales costeros ni en el carácter de criadero y reservorio de la biodiversidad, que caracteriza a la costa municipal de Arrecife es el objetivo de la nueva ordenanza de uso y gestión del litoral de la capital lanzaroteña.

El pleno del Ayuntamiento de Arrecife aprobaba ayer de forma inicial la ordenanza municipal de uso y gestión del litoral capitalino, documento que a partir de ahora será expuesto a información pública para posibles alegaciones. Un texto con el que se pretende regular las actividades que se practiquen en las playas y en el resto del litoral, promoviendo la protección ciudadana, la salud pública, el medio ambiente y la excelencia y calidad de los servicios que se presten en el mismo.

Una ordenanza que traerá consigo una serie de prohibiciones tanto en los paseos marítimos de la ciudad, sus playas, calas y el Charco de San Ginés, que por su importancia tiene un apartado exclusivo.

Pintar, lavar o acondicionar embarcaciones en playas, litoral o calas en lugares distintos de los debidamente habilitados para ello, son otras de las actividades que no podrán hacerse como venía sucediendo hasta el momento

Asimismo, no está permitido el acceso a las playas, litoral y calas con envases de vidrio. "Con esta medida se pretende evitar el peligro para los usuarios que supone la eventual rotura de uno de estos envases. Se incluyen los envases de vidrio de los chiringuitos, los cuáles nunca podrán salir de la zona de concesión de la actividad salvo para su depósito en los contenedores adecuados", señala la nueva normativa.

De la misma manera se prohibe fumar en cualquier playa y cala del municipio de Arrecife, con el fin de evitar el abandono de colillas en las arenas de las mismas, hecho, que también está prohibido en la presente ordenanza.

En la ordenanza queda prohibido en el Charco de San Ginés como en el resto del litoral, el acceso de perros a las orillas y sus aguas , "quedando limitada su presencia a los paseos, debidamente atados y con bozal si la ordenación pertinente así lo indica y siempre bajo la custodia del dueño o responsable , que serán en todo momento responsables directos del comportamiento de sus animales y de sus defecaciones, que deberán retirar y que jamás deberán abandonarse ni en paseos ni en zonas ajardinadas".

En el Charco tampoco se podrá dar de comer a la fauna marina y litoral así como a las aves que frecuentan esta parte del litoral.

Queda prohibida durante todo el año y a cualquier hora, las tiendas de campaña en la playa, así como las acampadas. Tampoco se podrán realizar figuras de arena, que suponga la ocupación de espacio público, con fines lucrativos, salvo que la misma, disponga de la autorización municipal. La preparación, limpieza y venta de pescado o marisco en la orilla, muretes o muelles será otra de las estampas que no se podrá volver a ver en la ciudad, al menos sin que se sancione.