El Juzgado de lo Penal Nº1 de Arrecife ha absuelto al propietario de Bodegas Los Bermejos, José Carmelo González Clavijo y al arrendatario de las instalaciones, José Ignacio Valdera Calvo, de los delitos contra la ordenación del territorio y de desobediencia grave a la autoridad por los que la Fiscalía solicitaba para cada acusado la pena de un año y seis meses de prisión, tras tener en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso, iniciado en el año 2005, tras la denuncia del Destacamento del Servicio de Protección de la Naturaleza Timanfaya (Seprona) de la Guardia Civil y el precinto ordenado por la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) del Gobierno de Canarias por la construcción de varias naves ilegales entre los años 2000 y 2001.

La bodega se encuentra en el paisaje protegido de La Geria, en suelo perteneciente al municipio de San Bartolomé. Las defensas de los procesados pidieron la absolución de sus defendidos, al considerar que los delitos están prescritos subsidiariamente, no se cumplen los requisitos típicos de las figuras delictivas y se debe tener en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas. Por su parte, la acusación popular, representada por la Asociación Ecologista Jacón, a la vista del resultado de la prueba aludiendo al carácter autorizable de las obras, retiró la acusación formulada.

La juez asegura que "no se ha acreditado sin género de dudas que las obras ejecutadas no sean legalizables". Las defensas manifestaron que las edificaciones que formaron parte de la ampliación de la bodega se podían legalizar con la recién aprobada Ley del Suelo, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.

El fallo, que no es firme y se puede recurrir dentro del plazo de diez días tras la notificación a las partes mediante un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, considera "elementos relevantes la declaración de nulidad del Plan Especial del paisaje Protegido de la Geria por sentencia de 30 de noviembre de 2016 del TSJ, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección de Segunda de Las Palmas de Gran Canaria, resolución no firme en cuanto se ha recurrido en casación, y la nueva Ley del Suelo ya aprobada y con entrada en vigor el día 1 de septiembre de 2017".Informes contradictorios

En ese sentido, afirma la juez, prescindiendo de la nueva normativa de la ley del suelo todavía no en vigor que permitirá las bodegas en cualquier tipo de suelo rustico -normativa que si bien no esta vigente si lo será en septiembre por lo que no es un cambio legislativo hipotético- y atendiendo a la valoración de la prueba pericial practicada de la que no cabe excluir el carácter autorizable/legalizable de las obras ante la existencia de informes contradictorios periciales aportados en la causa y las explicaciones dadas por los peritos al respecto, no cabe una respuesta penal conforme a la jurisprudencia mayoritaria imperante en esta materia, imponiéndose en consecuencia un pronunciamiento absolutorio en esta resolución".

(Avance pendiente de ampliación)