El presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés (CC), defendió ayer su inocencia y aseguró que su situación en calidad de investigado por los presuntos delitos de prevaricación y coacciones en el caso de la incautación, que se llevó a cabo en septiembre de 2014 sin orden judicial y por decisión del Consejo Insular de Aguas, que él mismo presidía, de la planta desaladora de Club Lanzarote y toda su infraestructura complementaria (tuberías y depuradora), en la urbanización Montaña Roja, en Playa Blanca (Yaiza), le preocupa "lo justo" y no le ocupa "casi nada de tiempo" en sus responsabilidades públicas al frente de la corporación insular.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas rechazó en un auto con fecha del pasado 10 de abril el recurso de San Ginés contra el auto del Juzgado de Instrucción Nº2 de Arrecife que dio por finalizada la investigación por la incautación y abrió el plazo para la presentación de los escritos de acusación por parte de la Fiscalía y la acusación popular, representada por el Grupo Podemos en el Cabildo lanzaroteño.

"No soy ningún corrupto. Si me equivoqué no fue a sabiendas de su injusticia. No estoy investigado por ninguna causa de corrupción, ni malversación, ni cohecho, ni cosa que se le parezca, sino, supuestamente, por una decisión que tomé a sabiendas de su injusticia y eso sería prevaricación. Soy víctima de esa situación, aunque sigo sin saber en qué medida porque estoy pendiente de los escritos de acusación", señaló San Ginés.

Ante la eventual apertura de juicio oral por este procedimiento penal San Ginés deseó que "la causa se archive o el juicio sea cuanto antes para explicar las razones que se produzcan" y confió en resultar absuelto. En caso de que el juicio se celebre siendo aún presidente del Cabildo, San Ginés, no contempla su dimisión, puesto que "sería injusto e innecesario plantearme esa posibilidad". Reiteró que "no se trata de un caso de malversación ni de cohecho, circunstancias que son bien distintas a la supuesta prevaricación".

San Ginés recordó que el secretario del consejo y el consorcio del agua ya declaró en sede judicial durante la fase de instrucción de la causa que "él sí me asesoró con carácter previo a la incautación en el sentido de que no era necesario su asesoramiento previo ni verbal ni por escrito, a pesar de lo cual lo hizo de forma verbal. Siendo esto así, en mi opinión, es imposible una prevaricación".

En todo caso, subrayó San Ginés, la decisión de la incautación no afectó a los intereses del Consorcio del Agua [ente formado por la corporación insular y los siete ayuntamientos] ni del Cabildo".

Un canon de casi 400.000 euros

San Ginés desmintió que su actuación vaya a tener consecuencias económicas para la administración pública y los vecinos de Montaña Roja. Precisó que "ahora 5.000 vecinos tienen una factura legal del consorcio, que antes no tenían, y están en igualdad de condiciones y precios que el resto de ciudadanos de Lanzarote". Añadió que "para las arcas públicas tampoco ha tenido ningún coste, sino que ahora disponemos de un canon cercano a los 400.000 euros anuales, que antes no teníamos, y del que utilizaremos casi un 50% para que el sector agrícola, ganadero y pesquero de Lanzarote tenga el agua más barata de Canarias".

Un auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº3 de Las Palmas del 7 de noviembre de 2017 respaldó el acuerdo con Club Lanzarote propuesto por el Consorcio del Agua, lo que conllevó que la propietaria de la planta desaladora se retirara del pleito judicial que interpuso contra el Consejo Insular de Aguas y el Consorcio del Agua, entes que presidía San Ginés. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) obligó en sus sentencias de 17 y 27 de junio de 2015 a suspender la incautación y a devolver la desaladora y toda la infraestructura que se había puesto en manos de Canal Gestión Lanzarote, empresa a la que el Consorcio del Agua adjudicó la gestión del servicio de producción, distribución y reutilización del agua en Lanzarote y La Graciosa.

En el convenio al que hizo referencia San Ginés, recordó el presidente, "Club Lanzarote admite que la venta de agua que hacía era irregular y que solo el consorcio es el que puede suministrar agua a los particulares, que es lo que venimos sosteniendo siempre, pues lo único para lo que se les ha facultado es para el autoconsumo".

A pesar de que San Ginés basó su recurso de apelación del auto del Juzgado de Instrucción Nº2 de Arrecife, de incoación de procedimiento abreviado, en referencias a las resoluciones e informes relativos a la presunta ilegalidad cometida por Club Lanzarote a la hora de producir y distribuir el agua en Montaña Roja, la Audiencia Provincial pone de relieve en su auto del 10 de abril pasado que "la cuestión no se centra no tanto en discutir si la actividad que desarrollaba la entidad referida [Club Lanzarote] estaba o no administrativamente autorizada, que parece más propio de otro orden jurisdiccional" sino en determinar si las decisiones y actuaciones de San Ginés en relación con la incautación "fueron o no conformes a derecho".