La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado la suspensión del ingreso en prisión del exacalde de Yaiza José Francisco Reyes y ordena que cumpla la condena de cinco años, once meses y 29 días de prisión que le impuso ese mismo órgano judicial en la sentencia de 19 de abril del pasado año por el 'caso Yate', relacionado con la concesión de licencias ilegales para la construcción de establecimientos hoteleros y el puerto deportivo Marina Rubicón en el municipio de Yaiza entre los años 1998 y 2004.

Reyes se declaró autor confeso de tres delitos de cohecho al recibir 300.000 euros a cambio de otorgar los permisos, un delito de prevaricación urbanística, otro de prevaricación administrativa, uno de blanqueo de capitales, uno de malversación y otro de negociaciones prohibidas a funcionarios.

El exalcalde había solicitado que se suspendiera su pena en aplicación del artículo 80.3 del Código Penal, pero tanto la Fiscalía como la acusación particular en sus informes se opusieron a esa petición, como ha hecho ahora la Audiencia Provincial. El exsecretario del Ayuntamiento de Yaiza, Vicente Bartolomé, condenado también en el 'caso Yate' a un año de prisión por los delitos de prevaricación urbanística y malversación de caudales públicos, solicitó que se suspendiera la pena al igual que Reyes, pero la Audiencia Provincial ha rechazado esa solicitud.

La Sala considera que "la gravedad de la conducta de José Francisco Reyes es incuestionable, y así se refleja en el relato de hechos probados de la sentencia, en la que se considera acreditada la corrompida y delictiva actividad político/pública al frente del Ayuntamiento de Yaiza, permitiendo el nacimiento del 'urbanismo de promotor', propiciando con su actuación manifiestamente ilegal una alteración total de la realidad urbanística del municipio de Yaiza, puesto que autorizó construcciones y edificaciones hoteleras sin otra base legal que su capricho".

Asimismo, el auto de la Audiencia Provincial, con fecha del pasado 20 de abril, recuerda que la "delictiva" actuación de Reyes como alcalde no se limitó a los hechos enjuiciados en el 'caso Yate' sino en otras tres condenas que también lo fueron "por hechos cometidos aprovechando su condición de alcalde de dicho municipio, y a lo largo de varios años, habiendo causado daños irreparables al municipio que representó y dirigió, y del que se enriqueció a costa del patrimonio público".

La Audiencia Provincial se refiere a la sentencia firme de 27 de enero de 2010 por el delito de prevaricación administrativa, por hechos cometidos en 1998; la condena en sentencia firme de 11 de diciembre de 2014 por el delito contra la ordenación del territorio, por hechos del año 2005; y una condena por sentencia firme de 11 de enero de 2018, por delito contra la ordenación del territorio que cometió en 2001.

Contra el auto de la Audiencia Provincial del pasado 20 de abril cabe interponer recurso de súplica ante el citado tribunal en el plazo de tres días.