La Audiencia de Las Palmas ha impuesto siete años de cárcel al abuelo que sometió a su nieta a diferentes abusos sexuales durante el verano de 2005, según ha declarado probado la sentencia dictada por la Sección Segunda, que condena a Esteban Damas Mármol, de 67 años, como autor de un delito continuado de abuso sexual. El fallo judicial también le obliga a pagar una indemnización de 9.000 euros y le prohíbe acercarse en un plazo de diez años a la niña, que en el momento de los hechos tenía nueve años de edad.

Los abusos se produjeron en la casa de los padres de la pequeña y consistieron en besos, tocamientos y diferentes accesos carnales, pues el acusado aprovechó que pasaba las vacaciones en Gran Canaria para satisfacer sus deseos sexuales, según considera probado la resolución judicial, cuyo ponente es el magistrado Nicolás Acosta González.

La víctima es la nieta de la compañera sentimental del acusado, pero ésta "lo apreciaba tanto que lo consideraba su abuelo". Así lo expuso la niña en el juicio y así lo ha recogido el tribunal sentenciador, que basa su condena en el testimonio "veraz, claro, firme y contundente" de la menor.

Y es que la joven explicó con detalle al tribunal cómo su abuelo la besaba en la boca, le tocaba los pechos, le apretaba sus partes y le introducía los dedos en sus órganos genitales. Todo ello entre el 27 de julio y el 1 de septiembre de 2005, cuando la afectada contaba con nueve años y carecía de capacidad para autorizar tales actos, pues a esa edad el consentimiento es inexistente.

Además, la sentencia destaca la intervención del fiscal Guillermo García-Panasco, que durante la vista oral hizo hincapié en la existencia de dos testigos presenciales, cuando en los procesos contra la libertad sexual no suelen concurrir este tipo de pruebas adicionales.

Esos testigos eran vecinos que vieron desde la ventana de su casa los abusos y destaparon luego lo que estaba ocurriendo, pues la niña "se debatía entre la sensación de que lo que le estaba haciendo el acusado no estaba bien y el deber de obedecerle impuesto por sus padres". La sentencia también se apoya en los informes de los forenses, que dieron credibilidad a los hechos relatados por la víctima y descartaron invenciones o motivaciones externas para mentir.