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EFE / LAS PALMAS DE GRAN CANARIA El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado los recursos interpuestos por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la sociedad mercantil Realia Bussines contra la suspensión de la renovación de la licencia para construir las llamadas Torres del Canódromo. Una suspensión ordenada a través de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de los de Las Palmas de Gran Canaria que confirma ahora el Tribunal, el TSJC, mediante una nueva resolución que se hizo pública hoy.
En el pronunciamiento, emitido por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, se indica, en el apartado de fundamentos jurídicos, de que, "de lo que se trata, en supuestos encadenados como el de autos, es, simplemente, del mantenimiento de un criterio jurisdiccional, adoptado con anterioridad por la propia Sala", ya que la referida licencia se basaba en unos instrumentos de planeamiento que también habían sido ya anulados.
"La anulación del Plan General se basó en ser ilegal y disconforme a la legislación urbanística la ordenación propuesta, y además por haber sido anulado el Plan Especial que dejó sin cobertura el contenido el Plan General, que incluía planeamiento incorporado, y uno y otro motivo de anulación entran de lleno en lo que es la ordenación prevista en el Plan General y, por tanto, en su ilegalidad intrínseca", se relata.
Pese a ello, frente a la suspensión de la licencia, que se decretó a instancias de la Asociación de Vecinos Ciudad Alta, Ayuntamiento y Realia sostenían que la interposición del recurso de casación "conlleva que las sentencias dictadas por esta Sala, que anularon el planeamiento que sirve de cobertura a la licencia, no son firmes".
"En realidad -resume-, toda la argumentación de las partes apelantes descansa en dos motivos: la ausencia de un marco normativo que permita, por vía del recurso indirecto, considerar ilegales disposiciones generales (y determinaciones del planeamiento) cuando la declaración de invalidez no es firme, y la imposibilidad de acudir a la vía del recurso indirecto para anular una licencia cuando la ilegalidad de la disposición general es por vicios en el curso del procedimiento de tramitación".
Motivos que no reconoce la Sala, que recuerda que, en una sentencia del 28 de junio de 2.006, el Tribunal Supremo "consideró plenamente ajustado a derecho que un Tribunal Superior de Justicia anule un Proyecto de Urbanización por haber anulado previamente el planeamiento que le servía de cobertura (Normas Subsidiarias, Plan Parcial y Plan Especial)".
Ello "pese a que las sentencias anulatorias del planeamiento aún no eran firmes, si bien con el matiz de que adquirieron firmeza antes de la sentencia de casación", se agrega.
Se subraya que "lo que hizo la juzgadora en el caso" fue que tomó la sentencias de esta Sala que habían anulado las determinaciones del Plan General aplicables en la zona, así como las del Plan Especial, y reprodujo los mismos argumentos contenidos en aquellas sentencia en motivación por remisión, lo que significa que hizo suyos esos argumentos relativos a la ilegalidad del planeamiento".
"Podemos decir, por ello, que la conclusión judicial es acorde con la jurisprudencia citada, que ha seguido esta Sala en numerosas ocasiones ha propósito de los llamados actos encadenados", se añade.
"Además -prosigue el texto-, entender lo contrario supondría dar carta de naturaleza a que un Tribunal considerase conforme a derecho e hiciese aplicación de las mismas disposiciones generales (o determinaciones del planeamiento en este caso, que participan de su misma naturaleza) que declaró nulas en otros procesos, so pretexto de no ser firme el pronunciamiento por estar pendiente del recurso extraordinario de casación".
"Con lo que, en esta situación, sí que quedaría seriamente afectado el principio de seguridad jurídica", se apostilla.
Según advirtió el concejal de Urbanismo de la capital grancanaria, Néstor González, la paralización de las obras que confirma la nueva sentencia podría generar reclamaciones de carácter patrimonial por parte de la empresa titular Realia contra el Ayuntamiento.
Subrayando que, si la corporación tiene que hacer frente a una indemnización por responsabilidad patrimonial, la situación sería "compleja" para la administración local.
Néstor González ha recordado que tanto el PSC-PSOE como Coalición Canaria y Compromiso advirtieron en varios plenos y comisiones desde el año 2003 al equipo del gobierno del PP que concedió la licencia de los riesgos de no someter a información pública el Plan Especial del Canódromo.
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