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TERESA GARCÍA
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el Estudio de Detalle que amparaba la construcción de un edificio de 13 plantas de altura y 300 viviendas en el barrio de Guanarteme, promovido por la empresa Fadesa, ahora denominada Martinsa-Fadesa. La sentencia anula también la Ordenanza M6, aprobada también por el Partido Popular en 1995, que permitía edificar más plantas de las contempladas en la ordenanza de la zona. La edificación, conocida como Gran Guanarteme, se iba a construir -hasta el momento sólo se han realizado algunas excavaciones- en la manzana comprendida entre las calles Mario César, Fernando Guanarteme y Cayetana Manrique.
Con el estudio de detalle, la ordenanza M6 y el correspondiente convenio urbanístico con Fadesa, el gobierno de la ex alcaldesa del Partido Popular, Pepa Luzardo, intentó reiniciar la operación urbanística que llevaba aparejada la prolongación de Mesa y López, tras haber sido anulada por los tribunales la Unidad de Actuación 08 de Guanarteme que la amparaba.
La ejecución de dicha Unidad de Actuación había sido encomendada a Fadesa. Con el Estudio de Detalle se eximía además a Fadesa de hacer la prolongación de Mesa y López hasta El Rincón.
La Sala de lo Contencioso considera que el estudio de detalle y la citada modificación del Plan General de Ordenación "no respondía a una finalidad de interés público", sino "exclusivamente privado, al establecerse a través de la misma una ordenación singular y privilegiada diferente de la aplicable a las demás parcelas del mismo ámbito", con el único objetivo de beneficiar a Fadesa.
La magistrada ponente, Cristina Páez, apunta en la sentencia que el Ayuntamiento incurrió "en desigualdad y arbitrariedad" al otorgarle a la promotora Fadesa "un tratamiento singularizado que carece de justificación", salvo la de dar cumplimiento al convenio suscrito.
La sala da, de esta manera, la razón a la asociación de vecinos Mirador del Atlántico, que recurrió la aprobación definitiva del Estudio de Detalle, al considerar que se trataba de una operación irregular con la que sólo se buscaba dar respuesta a los intereses de Fadesa. Los vecinos denunciaron también, entre otras irregularidades, el gran impacto visual en la zona que comportaba la edificación y que se habían añadido parcelas de otra zona para que el solar pudiera cumplir con la superficie necesaria para, de acuerdo con la ordenanza M6, elevar su altura hasta 13 plantas.
La resolución judicial añade que el Estudio de Detalle anulado comporta "una auténtica extralimitación de funciones" porque incorpora "parte de las calles Almansa y Fernando Guanarteme" y "parcelas carentes de aprovechamiento para aumentar la edificabilidad" del solar a construir. Mediante el trasvase de este suelo, señala el fallo, se pasó de una parcela edificable que sólo tenía 25.054 metros cuadrados a otra de 47.439,48 metros cuadrados, lo que permitió aprobar la edificación de un inmueble de 13 plantas en un área de la ciudad en la que la ordenanza permite sólo 5. Por si esto fuera poco, el estudio legitima la construcción de una planta más para "potenciar el eje de la avenida Mesa y López".
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