El edificio de la Biblioteca del Estado, inaugurado hace ocho años en la avenida marítima, cerca del parque San Telmo, tiene una sentencia judicial que ordena su derribo. La acaba de notificar el Tribunal Supremo al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que concedió la licencia de obras al Ministerio de Cultura en 1997 sin elaborar previamente un plan especial que ordenara la zona afectada, tal y como recomendaron en su día los técnicos municipales. Sólo una negociación a precio de oro con los vecinos denunciantes, la comunidad del edificio San Telmo, podrá salvar de la piqueta el inmueble diseñado por el arquitecto tinerfeño Juan Manuel Palerm.

La licencia que el Ayuntamiento otorgó para la construcción de la biblioteca en 1997, con el visto bueno de la comisión de gobierno que presidía el entonces alcalde José Manuel Soria, ya fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en 2002. Ahora, el Supremo ordena "ejecutar inmediatamente con demolición de lo construido" aquella resolución de hace más de ocho años.

Y es que el Ayuntamiento hizo caso omiso de aquella primera sentencia. Lejos de acatarla, señala la sentencia, lo que hizo fue buscar su legalización a través de la adaptación del Plan General a la Ley del Territorio en 2005, si bien la cobertura legal se la había dado el planeamiento cinco años antes. Según el Supremo, ese intento de regularización constituye "desviación de poder, pues no tiene otra finalidad que dar cobertura a una licencia anulada para eludir las consecuencias del pronunciamiento judicial".

La historia de esta irregularidad, que costará algunos millones de euros a la ciudad tanto si se derriba la biblioteca como si no -las previsibles indemnizaciones a los vecinos a cambio de no pedir que se ejecute la sentencia-, comenzó cuando el Ayuntamiento dio la licencia de construcción al Ministerio sin cobertura urbanística legal alguna. Inicialmente, parte de la parcela que hoy ocupa el inmueble estaba destinada a espacio libre, mientras que su parte trasera era para un equipamiento cultural.

Caso omiso a los informes

Como detalla la sentencia del Supremo, no se tuvieron en cuenta varios informes municipales. Primero, el del técnico municipal que el 16 de mayo de 1997 señalaba que no existía "ordenación específica reguladora para el sistema general cultural administrativo" y que "no se ha redactado el Plan Especial" para tal fin. Tampoco hubo acuse de recibo del dictamen del jefe del servicio de Planeamiento, que apuntaba que el proyecto presentado por el Ministerio "desborda el ámbito de la parcela y se extiende por el espacio libre colindante".

Ni el letrado asesor del área de Urbanismo, la mano derecha jurídica del concejal -entonces era Jorge Rodríguez Pérez, del PP- fue escuchado cuando dijo que "parece aconsejable [que] se formule un Plan Especial que contemple no sólo la edificación en sí misma, sino la ordenación del espacio libre".

La resolución judicial pone al Ayuntamiento contra las cuerdas y casi le obliga a firmar un cheque en blanco a los vecinos. Por eso, el concejal de Urbanismo, Néstor Hernández, apostó ayer por "una decisión pactada porque no deseamos el derribo".