BORJA VALCARCE
No tarda ni un segundo en producirse. Tan sólo un clic provocado por el dedo de un técnico al presionar el botón de un ratón. Con ese simple gesto en las oficinas de cualquier operadora, un teléfono ha sido pinchado.
Desde ese momento, todas las llamadas, mensajes de texto, sean vía sms o multimedia, localización geográfica del terminal y datos personales del investigado son enviados a un ordenador central ubicado en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil donde se almacenan, pero una intercepción de este tipo, al parecer tan fácil de realizar, requiere una compleja maraña de actuaciones para hacerla posible en aras de que no se viole el derecho constitucional a la garantía del secreto de las comunicaciones.
En primer lugar, y como se ha escuchado esta semana en el juicio contra lo seis supuestos narcotraficantes acusados de introducir cocaína en Canarias, una medida de este calibre debe realizarse con carácter excepcional, tras la que hay una resolución judicial suficientemente motivada por el juez competente y al descubrirse indicios de que se comete un crimen; si esto no se produjese, en el juicio podrían declararse nulas las escuchas. Asimismo, sólo pueden solicitarse con la especialidad por delante, es decir, debe darse a conocer qué delito busca probarse.
Los abogados presentes en el juicio contra la supuesta banda de el Sevilla, que hoy llega a su final con las conclusiones de los letrados, han tratado de mostrar que en la investigación realizada por el Grupo I de la Udyco desde octubre de 2006 hasta el mismo mes de 2007 no se cumplieron ninguno de los supuestos anteriores y, por ello, aludieron, no se respetaron las garantías procesales de los acusados. Además, también trataron de demostrar que no hubo un control judicial de las intervenciones puesto que, defendieron, los autos firmados por el juez "eran copias unos de otros donde sólo se cambiaba el número".
Tras rechazar el presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial la petición de nulidad en las escuchas, las defensas se agarraron a un resquicio: escuchas grabadas tras la orden judicial de cese.
La explicación de por qué hay ocasiones en que el pinchazo se mantiene la dio el inspector jefe de la Udyco responsable de la investigación durante el interrogatorio al que fue sometido. En primer lugar, recordó que la policía "no tiene la capacidad de intervenir o dejar de intervenir un teléfono, es la operadora de ese teléfono la que lo hace". Para ello, tras la orden de intervención firmada por el juez competente, se envía ésta en un fax -y el original por correo ordinario- a la operadora que, por lo general, "tarda unos días en hacerla efectiva", cosa que también sucede cuando se retira la intervención. Es decir, que hasta que el técnico de la operado no desconecta el teléfono del Sistema Integral de Interceptación Legal de las Telecomunicaciones (Sitel), éste sigue grabando lo que se dice y también queda almacenado.