El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dio un giro de 90 grados este viernes y acabó dando la razón al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en el caso de la torres del Canódromo en la última sentencia que se dicta sobre un pleito que comenzó en 2002 con la denuncia de la asociación vecinal Avecalta, a la que hasta hoy siempre le habían dado la razón los distintos tribunales.

Con esta sentencia, el TSJC desestima el recurso interpuesto por una asociación de vecinos de Las Palmas de Gran Canaria contra el Plan Especial del Canódromo en una sentencia que rectifica el criterio que le llevó a declararlo nulo en 2008.

La sala de lo contencioso administrativo del TSJC decreta de esta forma la legalidad del Plan Especial del Canódromo aprobado en 2002 e impulsado, entre otros, por el actual alcalde, Juan José Cardona, y todas su actuaciones posteriores, como la concesión de licencias. Esta sentencia ha contado con un discrepante emitido por la magistrada Cristina Páez Martínez-Virel, que considera que el Plan Especial del Canódromo debe ser declarado nulo, porque entiende "la actuación del Ayuntamiento" en su tramitación estuvo "investida de una manifiesta desviación de poder".

La sentencia es recurrible de nuevo ante el Supremo en casación solo si el recurso afecta a normas de derecho estatal o comunitario europeo relevantes.