El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la operación urbanística que amparó la construcción de tres torres de hasta trece plantas y 300 casas, denominado Gran Guanarteme, en la manzana situada entre las calles Mario César, Fernando Guanarteme y Cayetana Manrique. La sentencia, emitida el pasado 15 de febrero, que es firme, desestima el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que anuló en 2010 el estudio de detalle y la ordenanza M, que fueron aprobadas durante el mandato de la exalcaldesa Pepa Luzardo para permitir a la empresa Fadesa (hoy Martinsa-Fadesa) seguir adelante con la construcción del edificio, que quedó bloqueada antes de iniciarse, al anularse la unidad de actuación que la amparaba.

Este nuevo dictamen respalda la sentencia del tribunal canario, que consideró que la modificación de la ordenanza y la aprobación del estudio de detalle realizado por Fadesa, "no respondió a un interés público" y su único objetivo era "favorecer el interés particular" de la promotora, a la que se daba vía libre para construir hasta 13 plantas en una zona como Guanarteme con una altura máxima de cinco plantas. El Supremo confirma la nulidad, al considerar que la modificación urbanística "carece de la motivación necesaria desde el punto de vista del interés público". Argumenta su convencimiento "de que la finalidad de la modificación introducida con ocasión de la aprobación de la Adaptación Básica del Plan General de Ordenación de Las Palmas, era favorecer el interés particular de la mercantil promotora del estudio de detalle directamente impugnado con la que había suscrito un convenio".

En concreto, el Supremo desestima todos y cada de los siete motivos de impugnación que presentó el Ayuntamiento, que argumentó falta de motivación, incongruencia interna, falta de coherencia, así como incumplimiento de la legislación, en la sentencia del TSJC, entre otras cuestiones.

El gobierno de Luzardo utilizó la modificación de la ordenanza y la aprobación de un estudio de detalle para intentar reiniciar la operación urbanística, que llevaba aparejada la prolongación de Mesa y López y quedó bloqueada en 2004, tras la anulación por los tribunales de la Unidad de Actuación 08 que la amparaba. El estudio de detalle eximía además a Fadesa de hacer la prolongación de Mesa y López.

La sentencia del alto tribunal canario, cuya ponente fue la magistrada Cristina Páez, puso de manifiesto en 2010 que el convenio urbanístico entre el Ayuntamiento y Fadesa para construir el Gran Guanarteme fue firmado el 23 de enero de 2004, justo el mismo día en el que los tribunales anularon la Unidad de Actuación que amparaba la operación.

El Supremo vuelve a dar la razón a la asociación de vecinos El Mirador del Atlántico, que recurrió la aprobación definitiva del estudio de detalle, al considerar que se trataba de una operación irregular que sólo buscaba "favorecer los intereses" de Fadesa. Los vecinos también denunciaron el impacto visual de la edificación en la zona.

La abogada de los vecinos que ha ganado el pleito, Ana Moreno, señaló ayer que se trata de un nuevo fallo judicial que "constata la desviación de poder en la toma de decisiones urbanísticas del Ayuntamiento, que parece atender más a la defensa de los intereses privados frente a la protección de lo público, tal y como dice la sentencia".

Moreno recordó que la primera sentencia, confirmada ahora por el Supremo, decía textualmente que "en un barrio conformado por edificaciones de cinco plantas y viviendas unifamiliares se facultó la edificación de tres plantas más de las previstas y una cuarta (...) sin que haya ningún dato que revele las razones de interés para la ciudad que inspiraron la modificación de la ordenanza". Tras dicha ordenación, Moreno recordó que Fadesa "pasó de tener una parcela edificable de 25.054 metros cuadrados, con la obligación de hacer los viales y ceder el 10% del aprovechamiento al Ayuntamiento, a tener una parcela edificable de 47.439,48 metros cuadrados, sin obligaciones de ningún tipo. Y además, para el cómputo de la edificabilidad incorporaron como suelo propio parte de las calles Fernando Guanarteme y Almansa".

Viciadas

A su juicio, "mientras no se depuren responsabilidades dentro de la administración cuando nos encontramos en presencia de actuaciones tan viciadas como ésta, en la que ha predominado de forma notoria la protección del interés privado frente a lo público, y permanezcan impunes estas conductas, continuarán produciéndose este tipo de situaciones. Y me refiero a las responsabilidades tanto de los políticos, como de los técnicos municipales, que son los que deben informar favorablemente o no de la legalidad de las actuaciones que pretenden realizar".

La sentencia del Supremo se produce poco después de la adaptación del nuevo Plan General de Ordenación (PGO), aprobada a finales del pasado año, en la que se contempla un nuevo proyecto para el Gran Guanarteme que intenta sortear las sentencias que anulan la operación y darle cobertura jurídica. El nuevo proyecto para el Gran Guanarteme, ideado durante el mandato de Jerónimo Saavedra, se articula mediante una unidad de dotación, rebaja las edificación en tres alturas y a cambio la ciudad le cede a Martinsa-Fadesa un espacio libre de 1.292 metros cuadrados. La representante de los vecinos dijo que tomarán "las acciones legales necesarias para que dicha actuación se adapte a la legalidad".