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El fiscal se queda sin víctimas para acusar a un presunto ciberacosador de menores

Sólo una de las doce perjudicadas irá a juicio porque la magistrada invalida sus testimonios

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El caso del ciberacosador de Tenerife que supuestamente chantajeaba en Internet a menores para grabarlas desnudas se desinfla, al menos desde la perspectiva de las víctimas que podrán testificar en el juicio. El Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha confirmado la anulación de todas las pruebas recabadas por la policía, todas menos la declaración de la primera perjudicada, que es de la capital grancanaria y supuso el origen del caso.

Guillermo S. R. se enfrenta 40 años de prisión por 11 delitos continuados de agresión sexual, un delito de tentativa de agresión sexual, un delito de grabación de imágenes sexuales de menores y otro de tenencia de pornografía infantil, según la acusación formulada por la Fiscalía de Delitos Informáticos en Las Palmas. Pero el ministerio público se verá obligado a modificar esas conclusiones tras el auto de la magistrada María Gabriela Ramos, que concede la razón a la defensa y excluye del juicio casi toda la prueba en la que se apoya el fiscal para acusar.

Ese vista se iba a celebrar el pasado 18 de febrero, pero la juez la suspendió para resolver una petición de la defensa. El abogado solicitó una aclaración de la prueba a practicar en el plenario porque con anterioridad, en un auto del pasado 20 de junio, la propia magistrada anuló la validez de la documentación obtenida de Tuenti, que es la red social usada supuestamente por el imputado para contactar con la menores y acosarlas.

Se trata de pruebas como la entrada y registro al domicilio del acusado o la información obtenida de su ordenador, sin olvidar los mensajes y correos emitidos a través de Tuenti, pues la policía accedió su perfil social sin autorización judicial. ¿Por qué? En ese momento el magistrado instructor había archivado la investigación, pero la policía obtuvo de la primera denunciante los datos del ordenador de Guillermo S. R. y se dirigió a la red social para su identificación. Eso, al no contar con permiso del juez, supone una vulneración del secreto de las comunicaciones.

La defensa considera que esa anulación afecta a toda la prueba por la conexión de antijuricidad, es decir, la identificación del resto de víctimas se hizo a partir de la información localizada en el ordenador y esa documentación no se puede usar porque está viciada (teoría del árbol contaminado).

El letrado alegó que admitir la declaración de esas testigos como víctimas en el juicio era un fraude de ley, principalmente porque la policía las localizó gracias a unos mensajes y comunicaciones que están invalidados. El abogado planteó esa cuestión porque las perjudicas estaban citadas al juicio. Por eso la magistrada suspendió la vista y ahora le ha dado la razón a la defensa.

El fiscal se opuso a la exclusión de las testigos y a la anulación de toda la prueba recaba por la policía, pero tendrá que ir a juicio sólo con la declaración de esa primera víctima y la comparencia de los agentes. Lo mismo le ocurre a la acusación particular.

La vista se fijó para el 20 de abril pero se ha vuelto a aplazar por motivos de agenda. El juicio se ha suspendido dos veces.

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