La Audiencia de Las Palmas ha impuesto 15 años de cárcel a un vecino de la capital grancanaria que se aprovechó dos veces de la hija de su pareja. La Sección Segunda condena a Ricardo Sergio Medina Rodríguez por un delito de abuso sexual agravado y otro en grado de tentativa.

El procesado, de 43 años, fue condenado en 2009 como autor de otro delito sexual. Le cayeron dos años y medio de prisión por sentencia firme. De ahí la agravante de reincidencia que ahora le aplica el tribunal, pues volvió a cometer un abuso sexual entre 2010 y 2011, cuando aún no tenía cancelado el antecedente penal vinculado a la pena anterior. El otro delito, la tentativa, ocurrió el pasado mes de abril. Por eso no se aplica la reincidencia en ese caso.

En ambos casos, Ricardo Medina se prevalió de la confianza que tenía con la hija de su pareja para forzarla por la noche, mientras dormía en su habitación de la casa familiar. La primera vez que ocurrieron esos hechos la menor tenía 14 o 15 años, según establece la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Las Palmas.

El magistrado ponente, Nicolás Acosta, fundamenta la condena en la confesión del reo. Medina admitió los hechos en el juzgado de instrucción y en el juicio, que se celebró hace dos semanas en la Audiencia de Las Palmas. La confesión fue tan contundente que las partes renunciaron a practicar el resto de la prueba y la vista quedó sólo pendiente de la sentencia.

El acusado no empleó la violencia ni la intimidación para someter a la menor, pero sí se valió de esa relación de superioridad para meterse en su cama por la noche y abusar de ella, pues en ese momento desempeñaba el papel de padre para la menor.

La víctima no consintió esas relaciones, incluso llegó a propinarle patadas para tratar de evitarlas. La primera vez no logró disuadirlo y el acusado finalmente consumó el delito, no así en el segundo abuso. El tribunal tiene presente todas esas circunstancias para imponer las penas en su mitad superior, tal y como pedía la Fiscalía. También debe pagar 6.000 euros de indemnización y permanecer alejado de la víctima durante 27 años.