La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ratificó ayer en su integridad el veredicto del jurado que absolvió a los acusados por traficar con móviles en el centro penitenciario de Salto del Negro, donde su posesión y uso están prohibidos. En concreto, el fallo judicial absuelve al funcionario de prisiones José Miguel B. A. y al preso José Ramón G. R. del delito de cohecho por el que habían sido acusados.

En la línea de lo manifestado por los miembros del jurado el pasado jueves, la magistrada de la Sección Segunda considera que "no existe prueba suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia de los acusados", al no haberse podido acreditar que el funcionario José Miguel B. A. "introdujera o se concertara" con el recluso José Ramón G. R. para meter los aparatos móviles en el centro penitenciario. Contra esta sentencia, cabe interponer recurso de apelación.