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La reforma procesal obliga a la revisión de 14.674 causas penales en Canarias

Los jueces, fiscales y abogados actualizan sus juzgados para evitar que caduquen las investigaciones - La nueva ley limita la instrucción a 18 meses prorrogables

Emilio Moya, Vicente Garrido, Antonio Doreste y Enrique Hernández Bento siguen la intervención de Rafael Catalá. J.C. CASTRO

Los jueces y fiscales de Canarias deberán revisar 14.674 causas penales para adaptarlas a la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya reforma entró ayer en vigor e introduce un sistemas de plazos para limitar la duración de las investigaciones penales a 18 meses prorrogables. De ahí la obligación de actualizar todas las diligencias previas que se tramitan en los juzgados de instrucción, con la finalidad de detectar y prorrogar las investigaciones complejas para evitar que se vean abocadas al archivo, bien por el cumplimiento de esos plazos o por una eventual falta de pruebas para solicitar la apertura de juicio oral.

Esos límites, que se introducen por primera vez en el sistema procesal español, han suscitado el rechazo de la carrera judicial y de la fiscal, que ven con preocupación su cumplimiento ante la imposibilidad material de aplicarlos. Por eso pidieron una prórroga que retrasara la entrada en vigor de la ley, al menos hasta que se doten a los juzgados y a las fiscalías de más personal auxiliar o de un plan específico para afrontar el reto.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, declinó la propuesta y mantuvo la hoja de ruta del Gobierno, con reuniones durante los últimos meses para explicar la reforma a jueces, fiscales, abogados y procuradores. En la capital grancanaria, por ejemplo, estuvo el pasado 28 de noviembre y, en líneas generales, prometió más medios y defendió los plazos como fórmula para agilizar la instrucción. Se revisarán, para que no caduquen, 370.000 causas en los juzgados de toda España.

Y es que esos plazos no sólo afectan a las diligencias de nuevo cuño, es decir, a las incoadas en los juzgados desde ayer en adelante, sino a todas las diligencias previas existentes, tanto las que son susceptibles de transformarse en procedimiento abreviado como las que se tramitan como sumario o procedimiento ordinario (está previsto para los delitos más graves, con penas superiores a los nueve años de cárcel). De ahí la preocupación de jueces, fiscales y abogados de la Administración de Justicia (antiguos secretarios), pues no sólo tienen que adaptar su sistema de trabajo a esos plazos (seis meses para las causas sencillas y 18 meses prorrogables para las declaradas complejas), sino que deben revisar lo actuado para adaptarlo a los nuevos límites temporales, cuyo contador empieza desde cero. De ahí la necesidad de estudiar caso por caso, para detectar los asuntos complejos y prorrogarlos.

El plazo inicial de investigación que establece la reforma es de seis meses. Éste, si la causa es declarada de especial complejidad por el juez, será sustituido de manera automática por uno de 18 meses, el cual se podrá ampliar por el mismo periodo, siempre a petición del fiscal en ambos supuestos.

Además, de manera extraordinaria, el magistrado podrá dejar sin efecto ese límite temporal si considera que no sacará adelante la instrucción. Dicha excepcionalidad deberá estar justificada y, solo en este caso, aparte del fiscal, también pueden solicitarlo la acusación popular, la acusación particular, la defensa y la Abogacía del Estado (para la reclamación de la ampliación y de la prórroga anterior sólo es competente el ministerio público).

Las fuentes consultadas, entre ellas jueces de instrucción, fiscales de Las Palmas y abogados del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), descartan que la reforma vaya a generar escenarios de impunidad por el archivo de las causas al no cumplirse con esos plazos o al no poder reunir las pruebas suficientes para formular acusación, pero sí requerirá un esfuerzo extraordinario para adaptarse a esa exigencia procesal, sobre todo porque la reforma no va acompañada de una partida económica para implementarla ni se ha elaborado un plan específico para aplicarla. Lo único, hasta el momento, es una circular de la Fiscalía General del Estado para interpretar el sistema de plazos.

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