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La juez cierra la puerta al pago de una indemnización al dueño de El Confital

Un auto rechaza la petición de Confitalsa al considerar que el Ayuntamiento ya ha cumplido con la devolución de la parcela - La empresa ha recurrido la resolución

La juez cierra la puerta al pago de una indemnización al dueño de El Confital

El Juzgado de los Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas acaba de cerrar la puerta a la posibilidad de que la capital grancanaria tenga que pagar una indemnización de 44,5 millones de euros que reclaman los dueños de los terrenos situados en frente de la playa de El Confital. La magistrada Esperanza Ramírez Eugenio considera, en un auto dictado el pasado 3 de diciembre, que el Ayuntamiento ha cumplido ya con la empresa Confitalsa S.A., al devolverle los terrenos de El Confital, que los dueños se negaron a recibir el pasado mes de julio, porque la parcela no tiene ahora el mismo valor que tenía en 2004, cuando la permutaron por otros terrenos. Ahora, argumentan, ya no pueden construir un hotel ni ninguna otra edificación. La juez zanja de esta manera el pleito por la polémica parcela de 50.000 metros cuadrados, aunque los dueños han recurrido el auto.

Estos 50.000 metros cuadrados constituyen el único suelo de El Confital que queda en manos privadas porque, cuando la exalcaldesa del Partido Popular (PP) Pepa Luzardo adquirió el resto del espacio natural (200.000 metros cuadrados) permutándolo por el polémico solar de Pavía, dejó pendiente la cesión la zona situada en frente de la playa, justo la de la parcela hotelera. El convenio firmado en 2004 condicionaba la cesión a la ciudad del solar de 50.000 metros cuadrados a que el Ayuntamiento le diera a los propietarios 150.000 metros cuadrados en otro suelo urbanizable del municipio. El convenio ponía como plazo para materializar la permuta el 31 de diciembre de 2008 y, en el caso de incumplir el acuerdo, el Ayuntamiento estaba obligado a devolver la parcela a Confitalsa. Al siguiente año, Luzardo modificó en el PGO la calificación de la parcela, a la que José Manuel Soria había dado uso hotelero, y cerró la puerta a cualquier tipo de construcción en el lugar, que quedó como espacio libre. Además, la doble protección de los terrenos como área de influencia del Paisaje Protegido de La Isleta y del conjunto arqueológico de la cueva de Los Canarios, contribuyeron a blindar el espacio. El exalcalde socialista Jerónimo Saavedra ofreció a Confitalsa terrenos en Marzagán, que la empresa rechazó porque eran solares dispersos y pendientes de expropiar. Confitalsa aspiraba a los terrenos de la zona donde hoy se levanta el centro comercial de Tamaraceite Sur o cerca de la Circunvalación.

Ante la falta de acuerdo con el Ayuntamiento, los dueños de El Confital inician un pleito durante el mandato de Saavedra y reclaman una indemnización de 44,5 millones por los terrenos. El 29 de octubre de 2014, la Sala de lo Contencioso-Administrativo dicta sentencia en la que ordena al Ayuntamiento que devuelva el solar a Confitalsa y le da dos meses para hacerlo. En casocontrario, decía la sentencia, "Confitalsa tendrá derecho a ser indemnizada". El concejal de Urbanismo, Javier Doreste, devolvió la parcela a los socios de Confitalsa el 6 de julio de 2015 y se levantó acta de la entrega. Sin embargo, Confiltasa se negó a recibir el suelo y presentó un recurso en los tribunales pidiendo la ejecución de la sentencia.

Los propietarios consideran que la entrega de los terrenos no se ajusta a lo establecido en la sentencia, porque es verdad que los terrenos devueltos son los mismos, pero su valor es mucho menor, porque antes de la firma del convenio tenían uso hotelero y ahora son un espacio libre. Entienden que el Ayuntamiento debió plantear una imposibilidad material de ejecución de la sentencia. "Esta juzgadora", arguye la magistrada en el auto, "no comparte la tesis" de Confitalsa y, "por el contrario, entiende que la sentencia se ha cumplido en sus propios términos". "La administración", añade, "actúa de conformidad con el fallo. Y lo hace procediendo a la ejecución in natura del mismo, que no es otra que la entrega de la posesión de los terrenos. La referencia que hace la sentencia en relación con la situación urbanística siempre está vinculada a la imposibilidad de devolución de los terrenos y a la cuantificación del valor de los mismos".

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