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Exculpado un maestro de religión que fue juzgado por abuso sexual

La Audiencia absuelve al docente al no hallar pruebas que corroboren el testimonio de la niña y de su madre - Solo tenía tres años

Antonio Manuel G. O. se defiende en el juicio de la acusación formulada por la Fiscalía.

La Audiencia de Las Palmas ha absuelto a un profesor de religión que fue juzgado en junio al ser acusado de abusos sexuales a una niña de tres años. La Fiscalía solicitó seis años de cárcel para Antonio Manuel G. O., pero la Sección Primera considera que no hay pruebas para condenarlo y lo exculpa por las dudas sobre la veracidad de los hechos, según recoge la sentencia dictada por el tribunal.

La menor declaró en el juicio mediante una prueba preconstituida. Ese testimonio fue apoyado por su madre y por el médico forense, pero los magistrados, tras evaluar el resto de la prueba practicada en la vista oral, no han encontrado datos periféricos que permitan corroborar la realidad del abuso sexual.

La madre de la niña declaró que el 28 de marzo de 2012 recogió a sus hijos del colegio, los llevó a casa y comenzó a cambiarlos de ropa para llevarlos al parque, como hacía todas las tardes. En ese momento, según la progenitora, la pequeña reveló que Antonio le había "metido un dedo en el chichi". El tribunal, en cambio, no considera suficiente esa declaración para condenar al acusado, que ha trabajado entre 2002 y 2012 como profesor de religión en diferentes colegios de la capital grancanaria.

Y es que la madre no es testigo directo de los hechos, sino de referencia. Su declaración, además, está condicionada por el testimonio de la menor, cuya veracidad es muy difícil de analizar por su corta edad, según expuso el perito de la defensa, que fue ejercida por la letrada María Rosa Díaz-Bertrana.

En ese sentido, Carlos López Lamela, que fue director del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas, sostuvo ante la Audiencia que una menor de esa edad está en pleno proceso de formación del lenguaje y tiende a complacer a los adultos, mientras que el médico forense negó contradicciones y abogó por la veracidad de la declaración de la pequeña. El pulso, al final, lo ganó la defensa al no existir datos objetivos que acrediten el supuesto abuso.

El forense judicial, tras concluir el debate sobre la verosimilitud del testimonio, explicó que la niña tenía el himen intacto, lo cual choca con la versión de la madre, porque una acción de ese tipo y a esa edad hubiera causado una lesión en el órgano genital o afectado al himen. La menor, en cambio, sólo tenía una irritación externa leve, según las conclusiones del forense, que la exploró tras llevar la madre a su hija al centro de salud ese mismo día.

Por ese motivo, al no haber lesiones genitales ni restos de ADN, la Sección Primera de la Audiencia de Las Palmas fundamenta la absolución en base al principio in dubio pro reo. Los magistrados, en sintonía con la explicación del forense, concluyen que no se puede concretar la etiología de esa irritación leve, es decir, las causas que la motivaron, y muchos menos su origen violento, entro otros razones porque pudo producirse en cualquier evento ajeno a la actividad desplegada en el colegio.

La sentencia, por tanto, solo considera probado que Antonio, de 40 años, sustituyó ese 28 de marzo de 2012 a la tutora de la clase a la que acudía la niña y se hizo cargo del aula. Estaba formalmente contratado como profesor de Religión por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, pero prestaba sus servios en un centro de Infantil y Primaria que dependía de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias. La sentencia también absuelve a ambas administraciones de la responsabilidad civil que reclamaba la Fiscalía de Las Palmas y la acusación particular.

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