La Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF) reveló ayer que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha fallado a favor de una empleada pública del Ayuntamiento capitalino contra la adscripción provisional al puesto de trabajo. En su momento, este sindicato denunció el cambio de adscripción definitiva a adscripción provisional que se le produjo a una funcionaria de la Corporación municipal con motivo de la relación de puestos de trabajo (RPT) ya que, en opinión de la central, la aplicación de una RPT no puede ser motivo para modificar los derechos del trabajador, lo que ha sido confirmado nuevamente por la Justicia.

Esta sentencia sigue la línea marcada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en su fallo de 29 de junio de 2015, que resolvió la misma cuestión y sobre la misma trabajadora con respecto a la RPT anulada el año pasado. El CSIF advierte que hay múltiples demandas presentadas por empleados públicos del Ayuntamiento contra las resoluciones de adscripción, lo que puede suponer una cascada de sentencias en el mismo sentido cuando ya hay resoluciones del TSJC de la anterior RPT.

El sindicato exige al grupo de gobierno que resuelva la alta litigiosidad que existe sobre este asunto por la vía del acuerdo extrajudicial, ya que se trata de una decisión política y reclama que no se recurra la sentencia porque terminará fallándose a favor de la trabajadora tal y como sucedió el pasado año con el TSJC. Y es que el Ayuntamiento capitalino dispone de 15 días a partir de la notificación de la resolución judicial para presentar un recurso de apelación que, en ese caso, quedaría en manos del TSJC.

Si bien la RPT de 2015 está recurrida en su totalidad a la espera del juicio que se celebrará en el próximo mes. Ya el año pasado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Las Palmas de Gran Canaria anuló la RPT aprobada en 2013, bajo el mandato del anterior gobierno que encabezaba el dirigente popular, Juan José Cardona. Esto trajo como consecuencia la nulidad del proyecto reconversión automática de 639 trabajadores laborales en funcionarios interinos y la reorganización de la plantilla, según interpretaron en su momento los sindicatos.

La magistrada Esperanza Ramírez Eugenio tomó la decisión al considerar que el anterior Ejecutivo local no negoció el documento con los trabajadores que sufrieron un recorte de 18 millones de euros durante el anterior mandato. La RPT de 2014, que se suspendió cautelarmente en la parte relacionada con el cambio de vínculo de los trabajadores laborales, fue sustituida por una nueva que el Gobierno de Cardona aprobó a finales del mismo año, por la cual se eliminó la reconversión de los empleados municipales.