La Audiencia de Las Palmas ha condenado a cuatro años de cárcel por un delito de falsedad en documento oficial a un subinspector de la Policía Canaria y a tres años a un agente a sus órdenes, por haber amañado unas diligencias para perjudicar a un detenido.

La sentencia, emitida por la sección sexta de la Audiencia Provincial en relación a unos hechos ocurridos durante los carnavales de 2013 en Las Palmas de Gran Canaria, condena por el mismo delito a otros dos agentes involucrados en el caso, aunque a penas inferiores, de nueve meses de prisión para cada uno.

El fallo dispone además que estarán inhabilitados para el ejercicio de empleo o cargo público relacionado con funciones de seguridad durante el mismo tiempo de sus condenas tanto el subinspector, C.M.S.D., como el agente penado con tres años, L.J.R.M., y los dos restantes, H.L.C. y F. de A.P.G.

La Audiencia considera que estos cuatro funcionario policiales participaron en el falseamiento de la acusación que se formuló contra un presunto vendedor de droga que opuso resistencia para imputarle un inexistente delito de atentado a la autoridad, si bien con responsabilidad modificada en el caso de los dos últimos, por una atenuante de confesión "muy cualificada".

El tribunal declara probado que, en la madrugada del 10 de febrero de 2013, los agentes de H.L.C. y F. de A.P.G. participaron en la detención de un presunto vendedor de drogas y le condujeron a dependencias de la Policía Canaria, donde les esperaban C.M.S.D. y L.J.R.M., que hacía funciones de secretario del anterior.

Allí, el subinspector hizo pasar a su despacho al secretario y a H.L.C. y, tras ordenar al primero apagar la luz, "con un objeto no identificado pero punzante, al parecer un bolígrafo, con intención de menoscabar la integridad del agente y de forma totalmente inesperada para el mismo, le agarró por el cuello y le hizo varios arañazos", prosigue la sentencia.

La resolución añade que luego C.M.S.D. ordenó a H.L.C. y F. de A.P.G. acudir al médico para que emitiera un parte de lesiones del primero a fin de tramitar las diligencias contra el detenido como un delito de atentado que realmente no había ocurrido.

Algo que hicieron los agentes, aunque informando un día después a las autoridades judiciales de lo ocurrido, lo cual les ha servido de atenuante para que su condena fuera reducida.

La sentencia establece para el subinspector una segunda condena añadida a la de cuatro años de cárcel, de un mes y quince días, como autor de una falta de lesiones, según se detalla en su fallo.