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El TSJC avala la legalidad de la ordenanza que permite cinco licencias por taxista

El juez afirma que el Ayuntamiento no puede reducir lo que ordena la ley regional

Ángel Sabroso. LP / DLP

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la legalidad de la ordenanza municipal del taxi de la capital grancanaria, aprobada durante el anterior mandato, en la que se permite que un taxista autónomo pueda explotar hasta un máximo de cinco licencias de taxi. Los jueces han desestimado el recurso contra la ordenanza presentado por la Asociación de Titulares de Licencias de Autotaxis de Canarias (Atlatc), que demandó al Ayuntamiento y también a la Asociación de Trabajadores Autónomos del Taxi (ATAT) y las cooperativas de taxistas de Las Palmas y San Cristóbal, al considerar que con la ampliación del número de licencias por autónomo se estaba amparando las irregularidades de los floteros.

La sentencia, que fue emitida el pasado 17 de octubre, considera que el Ayuntamiento se limita a cumplir en la ordenanza aprobada en 2014 lo establecido por la Ley del Transporte por Carretera de Canarias -aprobada en 2007- y con su reglamento de 2012, que permite que en las ciudades con más de 200.000 habitantes y más de 1.000 licencias de taxi -como es el caso de Las Palmas de Gran Canaria- los titulares de licencia puedan explotar hasta cinco paradas de taxis.

La Atlatc pidió la anulación del artículo 8 de la ordenanza municipal que trasponía lo establecido en la ley regional, al considerar que el anterior gobierno de Juan José Cardona incumplía un acuerdo plenario aprobado anteriormente, en el que la corporación se comprometió a estudiar la viabilidad de limitar a una la licencia por autónomo.

Los magistrados César García Otero, Emma Galcerán Javier Varona consideran que la ley regional establece el derecho de que "una misma persona física podrá ser titular de hasta cinco licencias y/o autorizaciones, pero no dice que en estos casos los ayuntamientos podrán, vía regulación reglamentaria, prohibir que una persona física ya titular de una licencia llegue a ser titular de otra". "Se trata de una norma", advierten, "cuyos destinatarios inmediatos son los titulares de licencias, a los que se reconoce el derecho de obtener hasta cinco licencias", un derecho que no "podrá restringir" el Ayuntamiento porque la ley no contempla dicha posibilidad. En cuanto al acuerdo unánime adoptado por la corporación para limitar a una la licencia por persona física, la resolución afirma que el informe que emitió la asesoría jurídica municipal consideró que no era posible saltarse la ley regional.

El concejal del Partido Popular (PP), Ángel Sabroso, responsable de Movilidad cuando se aprobó la ordenanza, expresó ayer su satisfacción por la sentencia, entre otras cosas, porque viene a demostrar que "lo único que hicimos fue cumplir la ley. Se nos dijo que con esta ordenanza se amparaba y legalizaba a los floteros y que el PP permitía más floteros en la ciudad y nosotros siempre tratamos de explicar que los ayuntamientos no tienen posibilidad de modificar la ley regional".

"Una vez que tuvimos claro", añadió, "que no podíamos limitar a una la licencia por persona física, incluimos una exigencia, que consistía en que todo aquel titular que desease tener más de una licencia tendrían que ser adaptadas a personas con movilidad reducida (PMR)", para que este colectivo se beneficiara de ello y para "dificultar" el acceso. "Prueba de ello", sostuvo, "es que desde 2014, que se aprobó la ordenanza, no se ha obtenido una segunda licencia de taxi".

El concejal recordó que esta este es la tercera sentencia que respalda la ordenanza. "Ya ha habido otras dos sentencias que avalan el uniforme de los taxistas", informó Sabroso, que criticó al gobierno tripartito por no haber iniciado ni una de las inspecciones que anunció contra los floteros. "No han hecho nada. Se han limitado a continuar los expedientes que abrimos nosotros".

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