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El TSJC despeja el camino para las torres del Canódromo

La sala respalda la legalidad de la inclusión de las torres en el Plan General de 2012

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acaba de dictar una sentencia que avala la legalidad de la inclusión de las torres del Canódromo en el Plan General de Ordenación (PGO) de 2012 y despeja el camino para que la empresa Realia retome la construcción de la torres, en el caso de que todavía le interese impulsar esta operación inmobiliaria, que lleva paralizada más de siete años. Los magistrados han rechazado el recurso de la Asociación de Vecinos de Ciudad Alta (Avecalta), que pedía la anulación de la inclusión de las torres del Canódromo en la adaptación del Plan General de 2012, argumentando que se trata de la misma operación urbanística que fue anulada por el TSJC en 2008, al considerar que hubo desviación de poder. Dicha anulación afectó al PGOU del año 2000.

Después del citado fallo de 2008, el TSJC emitió otra sentencia en abril de 2012, en la que los magistrados dieron un giro de 180 grados y legalizaron la obra. El alcalde en ese momento, el popular Juan José Cardona, aprovechó para incluir las torres, -un proyecto urbanístico que impulsó José Manuel Soria y terminó de materializar a través de un convenio Pepa Luzardo en 2003- en el nuevo plan general que se aprobó en diciembre de 2012.

Cardona prorrogó además la licencia de obras en diciembre de 2012, un permiso que todavía sigue vigente, aunque se haya pasado del plazo establecido por Urbanismo, porque el Ayuntamiento no lo ha hecho prescribir de manera expresa, como establece la ley.

El objetivo de Avecalta, al presentar el recurso, era anular el Plan General de 2012 con la intención de bloquear una nueva licencia, en el caso de que ésta caducara. Dos años después, en 2014, el Tribunal Supremo dio otro giro copernicano y anuló todas las normas urbanísticas que avalaron la construcción de dos edificios de 14 plantas y 120 viviendas en Schamann.

El alto tribunal tumbó la sentencia del TSJC de 2012 y consideró que se produjo "sin motivación alguna" un cambio de uso del suelo en una zona que estaba totalmente saturada, por lo que anuló el Plan General de 2000 y el Plan Especial del Canódromo de 2003. Pero cuando se produjo el fallo del Supremo, que fue recurrido por el Ayuntamiento, el Gobierno municipal ya había incluido el Canódromo en el PGO de 2012 y prorrogado los permisos de construcción a Realia. El recurso de Avecalta contra el Plan General de 2012 también fue presentado antes del dictamen del Supremo. De hecho, Avecalta presentó otro recurso pidiendo la anulación de la licencia que le concedió el Ayuntamiento en 2012, argumentado que había caducado. El juez defendió la legalidad de dicho permiso, un fallo que también ha sido recurrido por los vecinos.

Así las cosas, esta última sentencia del alto tribunal canario, notificada ayer a las partes, exonera a Juan José Cardona y a los funcionarios que redactaron el Plan General y dieron una nueva licencia de construcción y considera que no puede aceptar que exista una desviación de poder en la planificación del Canódromo, porque la sentencia de 2008 que así lo consideró "quedó anulada y sin efecto". Además, añade, en dicha sentencia "se hacían consideraciones cambiantes y en buena medida contradictorias sobre el alegato de desviación de poder", que consiste en aprobar una norma que persigue un fin ilícito, a sabiendas de que es ilegal. La sentencia del Supremo que tumbó las torres afirma además, según recuerdan ahora los magistrados César García Otero, Emma Galcerán y Javier Varona, que en el fallo de 2008 no se consideraba "plena y debidamente acreditada la desviación de poder".

También ha sido rechazada la impugnación presentada por Avecalta en su escrito de conclusiones en relación con la existencia de falta de motivación a la hora de modificar el planeamiento para incluir el Canódromo, uno de los argumentos que esgrimió el Supremo para tumbar las torres. Los magistrados del alto tribunal canario rechazan esta nueva solicitud de nulidad porque no se incluyó en la demanda inicial y creen que no tiene nada que ver con la desviación de poder. Entiende el tribunal que el recurrente no puede incluir en la fase de conclusiones "un nuevo motivo" para solicitar la nulidad.

Fuentes jurídicas sostienen que Realia puede retomar la construcción de las torres en cuanto quiera porque la actuación urbanística figura en el Plan General de 2012. "Las torres son legales y la licencia es legal", destacan, aunque Avecalta tiene derecho ahora a recurrir en casación y el fallo que respalda la vigencia de la licencia ha sido recurrido igualmente.

Por su parte, el concejal de Urbanismo, Javier Doreste, indicó que está obligado a "cumplir estrictamente la legalidad. Si los jueces dicen que las torres son legales, se harán, aunque si en mi mano estuviera las derribaría. No creo que estas torres interesen a esta ciudad, bajo ningún punto de vista".

El Tribunal Supremo rechazó hace tres meses la petición de la empresa Realia para que el Ayuntamiento la indemnizara con 2,30 millones más intereses, por no haber podido construir las torres.

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