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Una juez ve ilegal el concurso por el que se nombró a Eulalia Guerra

La sentencia considera injustificada la apertura de la convocatoria a personal no funcionario. El Ayuntamiento recurre el fallo

Eulalia Guerra. LA PROVINCIA / DLP

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha impugnado en una sentencia la convocatoria pública con la que se nombró a Eulalia Guerra como directora general de Presidencia y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento capitalino. El Consistorio anunció ayer que recurrirá la resolución y que la socialista continuará en su cargo hasta que se resuelva el caso en segunda instancia.

El portavoz del Partido Popular, Juan José Cardona, interpuso un recurso contra la Resolución del concejal delegado de Recursos Humanos del 13 de agosto de 2015, por entender que no se cumplía la norma que establece que es necesario justificar en las bases del concurso por qué se abre el nombramiento de un director general a aspirantes que no forman parte del cuerpo de funcionarios. Aunque el demandante expone otra serie de supuestas irregularidades en la elaboración de dichas bases, la juez solo entra a valorar "el incumplimiento de la reserva general de puestos directivos a personal funcionario de carrera del subgrupo A1".

La juez se basa en el apartado 3 del Artículo 130 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción de la Ley 27/2013, que estipula que un nombramiento de este tipo "deberá efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, salvo que el Reglamento Orgánico Municipal permita que, en atención a las características específicas de las funciones de tales órganos directivos, su titular no reúna dicha condición de funcionario". El texto de la sentencia aclara que la excepción debe estar "debidamente motivada" y ha de haber una "justificación y motivación concreta y suficiente" para otorgar el cargo a un trabajador externo al cuerpo de funcionarios.

La juez considera que en las bases del concurso por el que se nombró a Eulalia Guerra no existe esta justificación. Es más considera que está "ausente" esta explicación y que la "Corporacion acude a una fórmula genérica, válida para cualquier puesto, para justificar la apertura de la convocatoria a personal no funcionario, aludiendo como única motivación a la 'especificidad de los ámbitos materiales y funcionales encomendados al Área de Gobierno de Presidencia, Cultura, Educación y Seguridad Ciudadana' y a 'las características del puesto'. Pero no exterioriza ni justifica cuáles son las concretas características o especificidades del puesto de director general de Presidencia y Seguridad que impiden que las mismas puedan ser desarrolladas por un funcionario de carrera".

Por ello y sin entrar a valorar otros supuestos incumplimientos que detalla el recurso de Juan José Cardona, el juzgado impugna el concurso.

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