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Condenada por quemar la pierna a una clienta en una depilación láser

La dueña de la peluquería indemniza con 10.000 euros a la víctima por las secuelas

La propietaria de una peluquería en Las Palmas de Gran Canaria ha sido condenada a indemnizar con 10.000 euros a una clienta que sufrió quemaduras graves en la pierna izquierda mientras le practicaban una fotodepilación con una máquina láser.

Además de la indemnización por la responsabilidad civil derivada de la negligencia, N. P. C. tiene que abonar una multa de mil euros como autora de un delito de lesiones imprudentes, según establece la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Se trata de una sentencia de conformidad, esto es, una resolución en la que las acusaciones y la defensa han llegado a un acuerdo para resarcir a la víctima, tras asumir la trabajadora su responsabilidad penal en el manejo inapropiado de la máquina láser.

El descuido de la trabajadora se produjo el 26 de octubre de 2010. La clienta, de 37 años, acudió al centro de belleza y contrató una fotodepilación. Mientras recibía el servicio acordado a base de luz pulsada, la mujer sufrió "múltiples" quemaduras de segundo grado por toda la pierna izquierda, las cuales le han causado un perjuicio estético importante, explica la magistrada María Gabriela Ramos en su fallo judicial.

El origen de las lesiones obedece a un "grave descuido" en el manejo de la máquina láser, añade la sentencia. La propietaria de la peluquería administró una "potencia excesiva" o la mantuvo un tiempo "superior" al recomendado para es tipo de intervenciones, lo que generó un "sobrecalentamiento de la zona" y las heridas.

Las quemaduras fueron de segundo grado, con enrojecimiento de la piel, dolor intenso y la salida de ampollas, un síntoma este último que indica la profundidad de la lesión al resultar dañada la dermis, esto es, la zona que está debajo de la capa superficial de la piel (epidermis). Las siguientes lesiones de este tipo más graves son las de tercer grado, con afectación de todo el tejido. Antes están las quemaduras comunes o de primer grado.

La importancia de la lesión requirió un tratamiento dermatológico, con la aplicación de analgésicos, antiinflamatorios y antibióticos, entre otros medicamentos. La afectada tardó 90 días en curarse, de los que 45 ha estado impedida para sus ocupaciones habituales.

La mujer sufre en la actualidad secuelas como "máculas hipocrómicas" en su pierna izquierda, que consisten en manchas más oscuras al color habitual de la piel. Esto, según la sentencia, supone para la víctima un "perjuicio estético agravado". La perjudicada trabaja como relaciones públicas en un establecimiento situado a pie de playa y, debido a estas lesiones, tiene ahora que evitar la exposición directa al sol.

La Fiscalía de Las Palmas, antes del juicio, solicitaba una pena de cuatro meses de cárcel al darle a las lesiones una gravedad aún mayor, pero la abogada de la perjudicada, Idoia Mendizábal, y el letrado de la acusada, Octavio Quintana, negociaron un acuerdo que fue aceptado por el fiscal y ratificado luego por el Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas.

Dicho acuerdo consiste en sustituir la pena de cárcel por una multa al rebajar la gravedad de las lesiones, previo reconocimiento de los hechos por parte de la acusada y el abono de la indemnización para resarcir del daño a la víctima, que era el objetivo principal de la querella presentada contra la peluquería.

El juicio se celebró el pasado cinco de junio y la sentencia ha sido notificada recientemente a las partes. La resolución judicial es firme porque la acusada renuncia a recurrir tras conformarse con la pena impuesta por la magistrada.

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