La Audiencia de Las Palmas ha condenado a cuatro mujeres nigerianas que obligaron a una compatriota a abortar para luego obligarla a ejercer la prostitución en Molino de Viento. La Sección Segunda impone cuatro años y medio de prisión a Sonia Omorose, Marcelina Omokpro Edobar y Asantesaa Yaa Nana. Evelyn Martins deberá cumplir seis años de prisión al aplicar el tribunal una agravante por reincidir en el delito de aborto. También deberán indemnizar con 4.000 euros a la víctima por el daño moral causado.

Las acusadas "obligaban" a su compatriota a ejercer la prostitución en las calles de la capital grancanaria. Fue Marcelina Omokpro Edobar quien la trajo a España y, como consecuencia de esa actividad, se quedó embarazada en Palma de Mallorca, donde estuvo trabajando para este clan familiar (tres son hermanas) hasta ser traslada a la capital grancanaria.

Al quedarse en estado dejó de prostituirse y de pagar la deuda acumulada por el viaje desde Nigeria. Las cuatro acusadas, "de común acuerdo", golpearon y pegaron a la víctima "en varias ocasiones" para dejarle claro el mensaje: estaba obligada a abortar.

También la forzaron a que siguiera prostituyéndose hasta la interrupción del embarazo, incluso le aumentaron la deuda a 15.000 euros como castigo, añade la sentencia. Trataban a la víctima como una "mercancía", de forma que fue llevada el día 3 de marzo de 2010 a la clínica Gara de Telde a fin de que le practicaran el aborto.

Los responsables del centro se negaron porque el estado de gestación era de 18 de semanas y la clínica no está autorizada para la realización de abortos con ese nivel de gestación al ser considerados de alto riesgo. Por eso la llevaron a Madrid, a la clínica Isadora, donde firmó los documentos para la intervención. Su consentimiento no fue libre porque había sido golpeada previamente por las acusadas, así como amenazada con causarle a ella o a miembros de su familia males físicos. Antes de salir de Nigeria había sido obligada a realizar un rito de vudú para someterla psicológicamente a las acusadas y atemorizarla ante cualquier acto que la testigo pudiera hacer y que pudiera desvelar la explotación a la que era sometida.

Finalmente el aborto se realizó y la paciente salió de la clínica el día 17 de marzo de 2010. Su precio lo abonaron las acusadas, así como los billetes de avión y la estancia en Madrid. Los gastos, que ascendieron a 1.600 euros, fueron luego repercutidos a la víctima.

El tribunal fundamenta la condena en las escuchas telefónicas y la declaración de dos testigos protegidas, tal y como solicitaba la fiscal de Extranjería de Las Palmas, Teseida García.