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El Tribunal de Cuentas archiva la causa contra Ibarra por el plus de residencia

La investigación determina que no hay responsabilidades contables en el pago del complemento a 29 altos cargos

El Tribunal de Cuentas archiva la causa contra Ibarra por el plus de residencia

El Tribunal de Cuentas ha procedido a archivar la causa abierta contra el presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Luis Ibarra, el actual director del ente, Salvador Capella, y su antecesor, Miguel Ángel Pintado, por el pago del plus de residencia a 29 altos cargos al entender que de los hechos investigados no existen responsabilidades contables al no haber afectado a los fondos públicos. El organismo estatal del control de las arcas públicas había abierto diligencias ante la denuncia de la Fiscalía, que aseguraba que desde el ente portuario se realizaron presuntos pagos irregulares a directivos que están fuera de convenio. Contra este dictamen cabe recurso de reposición.

El Ministerio Fiscal puso en conocimiento del Tribunal de Cuenta los hechos ante el escrito remitido por el Interventor Delegado Regional en Las Palmas de la Intervención General del Estado, en el que se informaba de supuestas irregularidades en el citado complemento salarial del personal fuera de convenio, que en el año 2013 cobró 109.263 euros de más.

La Autoridad Portuaria, ante esta información, decidió seguir incluyéndolo amparándose en una sentencia del 7 de abril de 1998 del juzgado de lo Social número 6 de Las Palmas y a los informes favorables de los departamentos de Recursos Humanos y Jurídicos del propio ente, y de relaciones externas de Puertos del Estado, que concluyeron que los pagos eran legítimos y ajustados en derecho.

El organismo portuario, finalmente, retiró el concepto ante el expediente abierto por el Tribunal de Cuentas, que mediante la Oficina de Conflictos de Intereses inició un proceso sancionador el 14 de septiembre de 2016, cuando, a instancias de Abogacía del Estado y Fiscalía, se iniciaron las diligencias preliminares, que fueron elevadas a la Sección de Enjuiciamiento.

Entre medias, los trabajadores afectados por la medida presentaron sendos recursos ante los juzgados de lo social, que entre los meses de marzo y febrero pasado han fallado a favor de los altos cargos que cobraron el plus de residencia, ordenando a la Autoridad Portuaria a reponer las cantidades retiradas. De esta forma, los juzgados daban la razón a la posición mantenida por el presidente, quien alegó desde un principio que la decisión de seguir incluyendo el concepto partía de la citada sentencia y de los informes favorables de tres departamentos diferentes.

Ahora, el Tribunal de Cuentas también autoriza la resolución tomada por Luis Ibarra. En el auto de la Unidad de Actuaciones Previas a la Exigencia Jurisdiccional de Responsabilidades Contables, fechado el pasado 22 de mayo, se recalca que, vistas las sentencias de la jurisdicción social, "es de entender que los criterios que en su momento adoptó la Autoridad Portuaria eran los correctos, siendo amparados jurídicamente y judicialmente", La delegada instructora concluye en el escrito que los hechos "no son susceptibles de generar un presunto contable en los fondos públicos" ya que "no cabe interpretar un ilícito contable".

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