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Bienestar Social Ayudas al pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Hidalgo reformula el IBI Social para atender a más familias con bajos ingresos

En esta edición podrán solicitar la ayuda los propietarios de viviendas con un valor catastral de hasta 60.000 euros

Hidalgo reformula el IBI Social para atender a más familias con bajos ingresos

El IBI social atenderá a más familias de Las Palmas de Gran Canaria que estén en situación de vulnerabilidad social o económica. Así lo anunció ayer el Ayuntamiento capitalino tras aprobar en la comisión de pleno de Políticas de Igualdad una propuesta que pasa por convertir esta ayuda social en una ordenanza que amplia las condiciones por las que los vecinos que lo necesiten de la ciudad podrán acogerse a ella. Aunque todavía tiene que pasar por el Pleno para obtener la ratificación definitiva de la corporación municipal, está previsto que la nueva normativa está lista para el próximo mes de septiembre, cuando podrán solicitarla aquellos que sean propietarios de una única vivienda que sea su residencia habitual con un valor catastral de hasta 60.000 euros y que acrediten bajos ingresos o ser beneficiarios de alguna de las ayudas sociales que entrega el Consistorio a los hogares en riesgo de exclusión social. También podrán hacerlos aquellos propietarios o arrendatarios de Viviendas de Protección Oficial (VPO) que paguen el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

El alcalde Augusto Hidalgo valoró positivamente las mejoras que incorpora la segunda edición del IBI Social por las facilidades que se añaden a su tramitación y recordó que el año pasado unas 6.000 familias se pudieron acoger a esta ayuda, a pesar de que la previsión inicial del tripartito era de 26.000. "Este año lo hemos mejorado para que el máximo posible de familias puedan acogerse a la ayuda", apuntó el regidor municipal tras la reunión en la que todos los grupos políticos votaron a favor, a excepción del Partido Popular (PP) y Unidos por Gran Canaria que se abstuvieron. Una postura que se repite por segundo año consecutivo ya que junto a Ciudadanos, el pasado 2016, ambos partidos decidieron abstenerse y prepararon alegaciones contra la subvención para pagar el IBI al que el Ayuntamiento destinó 1,7 millones de euros, entre otros motivos, porque no se requería presentar los ingresos de la renta para obtener la ayuda.

Continuidad

Un hecho que se ha contemplado este año en el IBI Social que presenta numerosas novedades. Y es que, además de incorporar nuevos parámetros de valoración de los posibles beneficiarios, como el nivel de ingresos por unidad familiar o ser receptor de la Prestación Canaria de Inserción (PCI); esta subvención se transformará en una ordenanza municipal para garantizar su continuidad en el tiempo. Asimismo, se amplía el cupo de familias que podrían beneficiarse al elevar el valor catastral de las viviendas hasta los 60.000 euros, cuando en la primera convocatoria del año pasado el límite se quedó en 30.000 euros. En este ejercicio, el Consistorio capitalino ha dado un paso más allá al incluir también en el ámbito de las ayudas a las personas arrendatarias de viviendas protegidas calificadas en régimen de alquiler propiedad del Gobierno de Canarias a las que se les repercuta el IBI.

Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística en 2011, la ciudad cuenta con un total de 182.890 viviendas de las que 144.987 son principales (un 79,28%) y 102.409 están en régimen de propiedad (un 56%). Unas cifras a las que hay que sumarle también el hecho de que de todos los hogares, un 48,59% tienen tres o más miembros. Si se conjugan todo esto con la tasa de desempleo y los de riesgo de pobreza, según el Ayuntamiento, el número potencial de familias que podrían beneficiarse de una ayuda para hacer frente al pago del IBI es considerable.

Por ello, para la concesión de estas subvenciones y su cuantificación en relación con las familias titulares de sus viviendas se van a tener en cuenta tres factores. El primero será el número de miembros de la unidad de convivencia; el segundo, sus ingresos brutos anuales y, por último, el valor catastral de las viviendas. Con la combinación de estos tres ítems, el tripartito pretende ampliar el abanico de posibles beneficiarios de forma paralela a la que ajusta el importe de las ayudas a las circunstancias de los solicitantes.

Otros requisitos que se deben cumplir para poder acceder al IBI Social son: ser titular o arrendatario de VPO que sea la residencia habitual y que esta tenga un valor catastral máximo de 60.000 euros. El domicilio del pago de la cuota del lBl deberá ser realizado en una cuenta en España o que se vigilará que ningún integrante de la unidad de convivencia sea titular de otro inmueble. La futura ordenanza reguladora también incluye el control de la renta de las familias propietarias de las casas.

En este sentido, se pide que los ingresos brutos anuales de la familia del último ejercicio fiscal no superen, en su conjunto, los umbrales del indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem) para 14 pagas correspondiente al año anterior al de la convocatoria. Esto es que en el caso de un único miembro en la vivienda se tendrá que ingresar un máximo de 11.182,71 euros anuales. Si la unidad familiar tiene tres miembros, los ingresos serán de hasta un máximo de 17.146,82 euros; mientras que el tope estará en 33.548,13 euros si hay seis o más miembros los que están en convivencia en la misma casa.

La base séptima de la nueva ordenanza fija que el importe de las subvenciones se calculará mediante la aplicación de dos criterios sucesivos y acumulativos. En primer lugar, se calculará el porcentaje máximo a aplicar sobre la cuota tributaria, atendiendo al valor catastral de la vivienda y al número de miembros de la familia o unidad de convivencia. Y en segundo lugar, se calculará el porcentaje a aplicar al obtenido según los parámetros del criterio anterior, atendiendo a la cuantía de los ingresos brutos anuales de la unidad de convivencia. En base a ambas pautas, las ayudas oscilarán entre el 20% y el 100% del importe de la cuota tributaria, con un alcance que no podrá superar en ningún caso los 300 euros por vivienda.

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