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Un juez obliga a un particular a devolver la estructura del escenario del Carnaval

Una empresa gallega recupera el material al demandar a su exsocio por robarle el andamiaje

Unos operarios trabajan en el parque Santa Catalina para montar el escenario del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria. JOSÉ CARLOS GUERRA

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas ha resuelto la disputa entre una empresa gallega y otra canaria por la propiedad del material con el que se monta el escenario del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria. El magistrado Juan Avello Formoso ha estimado la demanda de la compañía pontevedresa, Producciones Emsac, y ha condenado a Salvador Siverio (Arquitectura Efímera SL y Montando Movidas SL) a devolver todos los bienes reclamados, entre ellos el andamiaje, las barandillas y ese tipo de material Lahyer con el que se fabrican los sueños del carnaval capitalino.

Buena parte de esos bienes se encuentran depositados en el Cuartel Manuel Lois, que es donde el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria guarda la infraestructura para montar cada año el escenario de las fiestas capitalinas. Producciones Emsac llegó a denunciar a la Sociedad de Promoción de Las Palmas de Gran Canaria por apropiación indebida y hurto, ente otros delitos, con el argumento de que las gradas y las demás partes del escenario fueron usadas en 2016 sin su consentimiento. La empresa municipal permitió a Siverio retirar el equipo a pesar de que no era de su propiedad, según esa denuncia.

El Juzgado de Instrucción número 7 abrió diligencias de investigación, pero las ha archivado al concluir que no existen inicios de delito en la actuación municipal, sino un conflicto de intereses entre dos antiguos socios por el material con el que se monta parte del escenario del Carnaval. Por eso Producciones Emsac recurrió a la vía civil, donde el Juzgado de Primera Instancia número 2 le ha dado ahora la razón.

La sentencia, que es susceptible de recurso ante la Audiencia de Las Palmas, declara que Producciones Emsac es "la legítima propietaria de los bienes, materiales, equipos y vehículos" usados por Siverio sin la autorización de la empresa gallega.

Una parte de esa infraestructura sigue en el Cuartel Manuel Lois, por lo que el magistrado Avello ha ordenado al demandado que se abstenga de usar esos bienes y los devuelva. Dicho material está valorado en cerca de 15.000 euros, según las facturas aportadas por Producciones Emsac para acreditar la titularidad de los bienes, entre los que también figuran un camión Mercedes, otro camión Nissan y un vehículo adaptado para transportar este tipo de piezas metálicas.

Siverio trabajó en el pasado como empleado de Producciones Emsac, incluso llegaron a una acuerdo para constituir la sociedad Arquitectura Efímera, de la que la compañía gallega tenía el 70 % y Siverio el 30 % restante. El problema surge cuando la empresa entra en concurso de acreedores, Producciones Emsac reclama el material que tiene en el Cuartel Manuel Lois y comprueba que se lo ha llevado su antiguo socio.

Una parte de ese equipo acabó, en febrero de 2016, en el escenario del Parque Santa Catalina, con seguimiento incluido del Juzgado para ver dónde iban a parar las piezas tras desmontarse las gradas y los andamios. Emsac llegó a pedir al juez de instrucción el embargo del material, pero el magistrado no consideró necesario adoptar la medida preventiva y, finalmente, archivó las diligencias al no ver responsabilidad penal.

Siverio, en el juicio civil, empleó dos motivos para defender el uso de esa infraestructura: por un lado decía que no se puede determinar quién es el propietario de los bienes hasta que se resuelva el concurso de acreedores y, por otro, que había llegado con su socio a un acuerdo verbal para constituir una nueva sociedad. La sentencia, en cambio, establece que el material fue comprado por Emsac a la empresa Layher España y que no hay indicios de ningún pacto verbal para continuar la actividad.

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