La Policía Local no tiene competencias para multar en la GC-23, una autovía que conecta Guanarteme con Lomo Blanco y que pertenece a la circunvalación, porque el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no tiene la titularidad de esa carretera. Por esa razón, en la GC-23 sólo puede poner denuncias la Guardia Civil.

Esto es lo que plantea una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3, que ha anulado una multa interpuesto por la Policía Local en la GC-23, a través de un radar que se instaló a la altura de la rotonda del hospital Doctor Juan Negrín. La persona que fue denunciada recurrió la resolución del 18 de octubre de 2016, por la que el Ayuntamiento le obligó a pagar cien euros, tras ser cazado su coche por un radar de la Policía Local, a la altura del Doctor Negrín, en el kilómetro 0,900, en dirección sur-norte, por exceso de velocidad. La multa fue impuesta el 16 de octubre de 2015, porque el vehículo circulaba a 102 kilómetros por hora en una vía en la que sólo se puede ir a 80 kilómetros.

El Ayuntamiento confirmó la denuncia y el multado, Juan Ignacio B. H., presentó una demanda judicial, que ha sido estimada por el juzgado, cuya sentencia ha procedido a declarar la nulidad de la multa y ha condenado al Ayuntamiento a pagar las costas judiciales.

En el mismo punto en el que fue multado J.I. B. H. y también a la altura de las cocheras de Global son cazados a diario decenas de vehículos por los radares que de la Policía Local que se colocan en la GC-21 bien durante la mañana, por la tarde o por la noche.

La sentencia dictada el pasado 5 de octubre por la magistrada María Olimpia del Rosario, que es firme y contra la que no cabe recurso alguno, considera que el órgano sancionador carece de competencias para multar en la GC-23, por lo que se ha "vulnerado el procedimiento legalmente establecido".

Frente a la argumentación planteada por el Ayuntamiento, que insiste en el carácter urbano de la GC-23, la juez considera que la vía sólo se puede "considerar estrictamente" como interurbana, porque no ha habido una cesión de competencias de la carretera al municipio.

Titularidad

El abogado del demandante pidió al Ayuntamiento que aportara la titularidad de la vía, que no aportó ningún documento que lo acreditara que es el titular, porque el Gobierno canario no le ha cedido la competencia de la misma. Ello trae como consecuencia que los únicos agentes con competencias para multar en esa carretera son los guardias civiles.

Esta sentencia es similar a otra dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4, aunque en este caso lo que hace es anular una multa impuesta por la Guardia Civil en la GC-300, ya que estos agentes no carecen de competencias para sancionar en la vía, porque es de titularidad municipal desde el año 2013.

José Antonio Alonso Morales, representante de UGT en la Policía Local, recordó ayer que su sindicato lleva un año reclamando al Ayuntamiento que se ponga en contacto con la Jefatura Provincial de Tráfico y el Gobierno canario para que se aclaren de una vez las competencias de los agentes en cada una de las vías. "Las administraciones públicas con competencias en tráfico", sostuvo, "tienen que ponerse de acuerdo a fin de no poner en situación de indefensión jurídica a los ciudadanos y a los agentes intervinientes".

Alonso advirtió de que la falta de titularidad municipal de la GC-23 provoca que "la realización de atestados de tráfico, sanciones de tráfico y multas de radar impuestas por la Policía Local, así como la regulación y señalización del tráfico que realizan a diario los agentes de movilidad queden en el aire, según la reciente sentencia dictada".

"Nuevamente", añadió el sindicalista, "son los agentes los que se enfrentan a la inseguridad jurídica de ser denunciados en los juzgados por actuaciones en una vía que no es de su competencia al ser interubanas". Alonso indicó que los ciudadanos son denunciados a diario en la GC-23 por un "cuerpo sin competencias en esa vía, por lo cual la administración deberá devolverle lo cobrado indebidamente, así como los puntos" del carné de conducir que han sido recortados en algunos casos.

La Federación de Servicios Públicos de UGT reclama a la Dirección General de Tráfico, el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de la capital grancanaria que "se reúnan y cierren los acuerdos en materia de Tráfico y que los publiquen en los boletines oficiales, a fin de acabar con la indefensión jurídica de ciudadanos y trabajadores, que son los que finalmente terminan en los juzgados". "Cuando se anuló la multa de la Guardia Civil en la GC-300 ya pedimos que se reunieran las tres instituciones y establecieran la titularidad de cada vía, para que los agentes tengan claro donde pueden actuar, y no hicieron nada. Ahora pasa al revés. En este caso, lo que se anula es una multa de radar de la Policía Local".

La carretera GC-23 parte de la calle Julio César, en Guanarteme, y lo conecta con la GC-3. Por ella circulan entre 50.000 y 100.000 vehículos y en ella se encuentran los túneles de La Ballena.

Alonso añadió que con esta multa puede pasar como lo que ocurrió con el ciudadano que recurrió la sanción impuesta por la Guardia Civil en la GC-300, entre Tamaraceite y el barranco de Jacomar. Después de conseguir que el juzgado anulara la sanción decidió denunciar a los agentes que le multaron, por un presunto delito de prevaricación, ya que éstos rechazaron el pliego de descargo del denunciado y se ratificaron en la multa. Esta denuncia no ha sido resuelta aún y sigue caminando en los tribunales. "Ahora puede pasar lo mismo. Esa persona puede llevar a esos funcionarios a juicio por la vía penal. Las administraciones tienen que solucionar este problema. Y los ciudadanos tienen que saber también que si un agente de la Policía Local le pone una multa en una zona interurbana, ésta no es válida", manifestó Alonso, quien calcula que la guardia urbana puede haber puesto miles de multas en la GC-23.