La Unión Sindical de Policías y Bomberos (USPB) ha pedido al Ayuntamiento y a la Jefatura de Tráfico que expliquen por qué se han seguido tramitando las denuncias impuestas por la Policía Local en la GC-23Policía Local GC-23, pese a saber que lo que se estaba haciendo era incorrecto, al carecer de competencias para instruir multas en dicha carretera po no tener ser titular de la misma, tanto por los recursos en tal sentido que se habían presentado como por las advertencias realizadas por los propios sindicatos.

El sindicato sale al paso de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3, que ha anulado una multa impuesta por un radar de la Policía Local a la altura de la rotonda del hospital Doctor Juan Negrín, porque dicha vía, que enlaza Guanarteme con la circunvalación, no es de competencia municipal.

Víctor García, presidente de USPB, manifestó que “la sentencia no cuestiona la competencia de los agentes de la autoridad de la Policía Local en las denuncias de las infracciones de tráfico de cualquier índole en las vias interurbanas o en cualquier lugar del término municipal, como no se cuestionan las denuncias que por parte de la Guardia Civil se presentes en zonas urbanas”.

Lo que cuestiona, añadió, es que sea el Ayuntamiento el que tramite las multas impuestas en zonas interurbanas o la Jefatura de Tráfico en zonas urbanas. “La cuestión”, añadió “es estrictamente jurisdiccional en el ámbito de las administraciones ya que de iniciarse una denuncia por un agente de la autoridad debe de tramitarse por el órgano competente en la materia y el Ayuntamiento fue el que infringió la normativa sancionadora al no mandar las denuncias presentadas por la Policía Local a la Jefatura Provincial de Tráfico, competente en este caso de sancionar las infracciones de la GC-23, al igual que ocurriría si un agente de la autoridad de la Guardia Civil presenta una denuncia en zona urbana en el que la Jefatura de tráfico debería mandar la denuncia al Ayuntamiento quien es el competente para su resolución”.

García señaló que, “de cualquier forma, debe quedar claro que la Policía Local, como agentes de la autoridad han realizado su labor con total legalidad y ajustándose a la normativa vigente y que es el Ayuntamiento y la Jefatura de Tráfico los que deben de aclarar sus errores en la tramitación de sanciones que les competen”.

En cuanto a la vigilancia de la GC-23, USPB solicitó que se aclare lo antes posible, por parte de la Dirección General de Seguridad y de la Delegación de Gobierno los protocolos de actuación que hay actualmente, ya que “en el marco de colaboración entre las fuerzas de seguridad no se puede generar ninguna inseguridad jurídica”.

“Queremos”, añadió García, “que desde la Concejalía de Seguridad y Presidencia”, que dirige Encarna Galván, “se den explicaciones de por qué se ha seguido realizando esa tramitación” cuando ya se sabía que el Ayuntamiento no tenía competencias para la resolución de la denuncia.

En similar sentido se ha pronunciado, la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), que volvió a exigir a la Jefatura de Tráfico de Las Palmas que se aclaren de una vez las competencias de las diferentes administraciones en las vías urbanas e interurbanas.

Juan Couce recordó que su sindicato envió en 2014 una carta a la jefa provincial de Tráfico, Eva Canitrot, en relación con las multas que ponen los guardias civiles, siguiendo las órdenes de jefatura, en zonas que son competencias de la Policía Local, por ser urbanas. La reciente sentencia que anula una multa de la Policía Local es similar a otra de hace unos meses, en la que un juzgado anuló una multa impuesta por agentes de la Guardia Civil en la GC-300Guardia Civil en la GC-300, porque esta vía es de titularidad municipal desde 2003.