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Cuatro años de cárcel para el abogado Arencibia por su patrimonio en Suiza

El experto en Derecho Mercantil y Fiscal debe pagar una multa de 1,7 millones y devolver a Hacienda 865.512 euros que ocultó en paraísos fiscales, según la juez

Cuatro años de cárcel para el abogado Arencibia por su patrimonio en Suiza

El Juzgado de lo Penal número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al abogado isleño Juan Arencibia Rodríguez como autor de dos delitos contra la Hacienda Pública.

La magistrada Ivana Muiños impone al reconocido asesor fiscal cuatro años de prisión, dos por cada delito tributario, que se corresponden con las autoliquidaciones por el IRPF correspondientes a los años 2005 y 2006, tal y como solicitaba en su escrito de acusación la fiscal delegada de Delitos Económicos en Las Palmas, Eva Ríos.

Según los hechos declarados probados por la sentencia, Juan Arencibia, de 60 años, consignó cuotas negativas por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por importe de 20.962 euros y de 18.150 euros, respectivamente, con la "omisión deliberada de importantes rentas" que "además ocultó" en una cuenta abierta en la entidad bancaria HSBC Private Bank, con sede en Suiza. Esas rentas, de ser incluidas en la declaración de esos ejercicios, "hubieran determinado una cuota a favor del erario público", establece la resolución judicial.

El letrado, que está especializado en Derecho Mercantil y Fiscal, estaba obligado a informar a Hacienda de esos rendimientos en paraísos fiscales, añade la sentencia. Por eso Arencibia también debe indemnizar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con 743.084 euros por la cuota indebida de 2005, así como con 122.428 euros por la autoliquidación de 2006.

La sentencia, que es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, condena a Juan Arencibia a pagar un multa de 1,4 millones y otra sanción de 244.857 euros.

Tampoco podrá obtener subvenciones o ayudas públicas ni gozar de beneficios o incentivos fiscales durante seis años, tres por cada uno de los dos delitos cometidos. Las fuentes consultadas dan por hecho que Arencibia recurrirá el fallo judicial para tratar de evitar el ingreso en prisión, con el argumento de congelar la ejecución de la pena hasta que sea revisada por una instancia superior y adquiera o no firmeza.

La defensa planteó tres argumentos para tratar de tumbar las actuaciones formuladas por la Fiscalía de Las Palmas y la Agencia Tributaria: falta de competencia del Juzgado Penal para pronunciarse sobre los hechos, la prescripción del delito y la nulidad de las actuaciones al obtenerse los datos bancarios de Arencibia mediante una prueba ilícita.

Las tres alegaciones, con especial incidencia en la validez de los ficheros BUP procedentes de la Lista Falciani, han sido desestimadas por el Juzgado de lo Penal número 6 de la capital grancanaria.

La ficha BUP es un sistema con códigos numéricos propios que el HSBC confeccionó para "ocultar" la identidad de las cuentas abiertas por sus titulares. Esos datos, que se corresponden con clientes con activos, fondos y valores en el banco suizo, fueron sustraídos por el informático Herve Daniel Marcel Falciani y, posteriormente, han sido incluidos "correctamente" como material probatorio en los diferentes juicios que se han ido celebrando en España contra esas personas, según una sentencia dictada el pasado mes de febrero por el Tribunal Supremo (TS).

Su ponente, Manuel Marchena Gómez, también presidente de la Sala de lo Penal del TS, sostiene que los ficheros bancarios extraídos por Falciani "no estaban afectados por la regla de exclusión", pues cuando el informático "transgresor" se apoderó ilícitamente de los ficheros, "no lo hizo como agente al servicio de los poderes públicos españoles interesados en el castigo de los evasores fiscales, sino como un particular que "sólo veía en esa información una lucrativa fuente de información". Tampoco se negoció la entrega de los ficheros informáticos.

Sin vulneración de derechos

En definitiva, "no se trata de pruebas obtenidas con el objetivo, directo o indirecto, de hacerlas valer en un proceso", añade Marchena, porque la incorporación de esa información a la causa penal "no guarda conexión alguna" con la "vulneración de los datos personales que protegían a los evasores fiscales", concluye la sentencia del Supremo, a la cual alude el Juzgado de Las Palmas para rechazar la vulneración de los derechos fundamentales invocada por la defensa.

Arencibia alegó en el juicio que las cuentas del HSBC Private Bank Suisse no eran suyas, sino de la familia Kokorev, que eran clientes suyos cuando trabajaba en el despacho Ernest & Young. El abogado propuso como testigo al patriarca ruso para acreditar la titularidad de esos fondos, pero Vladimir se negó a declarar porque está pendiente de otro juicio en el que es investigado por blanqueo de capitales, evasión fiscal y tráfico de armas.

La jueza considera probado que la ficha BUP aportada por Falciani está vinculada "al nombre y apellido del acusado, su dirección, nacionalidad, fecha de nacimiento y profesión", datos que coinciden con los facilitados por Arencibia a la Agencia Tributaria, entre ellos su pertenencia en esa fecha a la entidad Ernest & Young de Las Palmas como director y asociado (ahora está en Montero Aramburu Abogados).

A la ficha BUP estaban asociados diez perfiles, uno a nombre de Xing Holding INC, con tres cuentas que contenían 1,6 millones de dólares en los años 2005 y 2006. Dicha empresa estaba domiciliada en la Isla de Tortola, un paraíso fiscal donde la firma panameña Mossak Fonseca tiene sucursal, la cual coincide con el domicilio de Xing Holding INC.

De esa manera, según la juez, el banco evita la aplicación del acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses. Arencibia, por tanto, "interpuso una entidad domiciliada en un paraíso fiscal como titular de las cuentas" para "impedir" que la Agencia Tributaria tuviera conocimiento de su patrimonio.

El abogado es el primero de los canarios de la Lista Falciani que ha sido condenado en las islas. Está pendiente de ir a juicio el médico Eufemiano Fuentes, que es primo de Arencibia. Contra el tercero, un empresario de informática, se archivó el proceso, tras reconocer el acusado que las cuentas eran suyas y pagar la deuda con Hacienda, la cual se quedó por debajo de los 120.000 euros fijados en el Código Penal para que exista delito.

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