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"¿Quién se cree que haya una calle privada en el Barranquillo?"

Residentes de Maestro Rodó celebran la apertura de la vía y piden a los dueños de la urbanización privada que no recurran al Supremo

"¿Quién se cree que haya una calle privada en el Barranquillo?"

Los vecinos de Barranquillo Don Zoilo están contentos por la victoria que han conseguido en su pleito contra la urbanización de chalés Jardines de Chil, cuya comunidad de propietarios les ha puesto una barandilla y una puerta corredera en mitad de la calle Maestro Rodó que les impide entrar y salir con sus coches. La Audiencia de Las Palmas, tras 15 años de batalla, ha ordenado reestablecer la servidumbre de paso, esto es, derribar las barreras que condenan a los residentes al aislamiento.

"Con la urbanización nos quitaron las vistas y con la valla nos han dejado encerrados. ¿Quién se va a creer que en el Barranquillo Don Zoilo existe una calle privada en pleno siglo XXI?", denuncia el presidente de la asociación de vecinos, Matías Dávila.

El dirigente vecinal está satisfecho con la sentencia, pero desconfía de la comunidad de propietarios. "No terminamos de estar contentos porque van a recurrir al Tribunal Supremo (TS) para seguir negándonos el acceso", revela Dávila, que pide "sensibilidad" a los dueños de la urbanización. "Nos sentimos tristes y humillados, queremos que acabe esta agonía", añade el presidente del colectivo.

El fallo judicial, que estima la demanda de una veintena de residentes en la calle Maestro Rodó, condena en costas a la comunidad de propietarios Jardines de Chil y establece un plazo de 20 días para que formalicen el recurso de casación. "Quieren estirar más el tiempo para no dejarnos pasar por la calle", sostiene Dávila, consciente de que el recurso supondría otros cinco años de espera para cerrar el pleito.

Los vecinos llevan desde 2003 sin poder acceder a esa parte de la calle Maestro Rodó. La valla les obliga a bajar una escalinata de grandes dimensiones, con varios tramos y elevada pendiente, lo que les impide acceder con sus vehículos a la puerta de sus casas. "Estamos totalmente incomunicados no solo por comodidad, sino para casos de urgencias o emergencias médicas o catastróficas y ello pese a que desde hace más de 30 años dicha calle tuvo salida a la calle Pepe García Fajardo", recoge la demanda vecinal.

La cosa empezó a cambiar en 1998, año en que la promotora Guayalucky inició las obras de desmonte en la zona usada como servidumbre. Durante la ejecución de los trabajos se permitió el paso de personas y vehículos por una carretera de tierra, que discurría paralela a un muro de contención posteriormente construido y que divide la zona en dos tramos. Esto dejó las viviendas de la calle Maestro Rodó a una cota inferior y "totalmente aisladas".

La promotora terminó las obras en 2002 y el paso quedó temporalmente interrumpido por el desnivel entre Maestro Rodó y Pepe García Fajardo, pero la constructora otorgó escritura aclaratoria de obra nueva el 1 de julio del 2002, constituyendo una servidumbre de paso para vehículos y personas de ciento diez metros de largo a favor de los propietarios de los inmuebles de la calle Maestro Rodó. También se prohibe el estacionamiento de vehículos en dicha vía.

Pero en febrero de 2003, los dueños de Jardines de Chil instalaron en la intersección de las calles Maestro Rodó y Pepe García Fajardo una cadena que impide la entrada a cualquier persona y vehículo, así como un cartel con la advertencia de "privado".

Unos meses después el Ayuntamiento, ante la diferencia de cotas entre ambas calles, hizo una rampa para unir los viales, circunstancia que aprovecha la comunidad de propietarios de la urbanización para dar por extinguida la servidumbre de paso en una nueva escritura pública, con el argumento de que ésta no era susceptible de aprovechamiento. En octubre del 2003 instalaron una viga de hormigón sobre todo el ancho de la carretera y una valla que impide el acceso a la calle.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Las Palmas, con los magistrados Ricardo Moyano, José Antonio Morales y Juan José Cobo Plana (ponente), concluye que la obra municipal para corregir el desnivel no era motivo de extinción de la servidumbre, sino de suspensión, por lo que al recobrar la utilidad de paso debe ser "plenamente restituida", establecen los jueces.

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