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Tribunales

El Tribunal Supremo confirma la sentencia que condenó a 9 grapos y ordenó disolver el PCE

 
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia que condenó a penas de entre 6 y 14 años de cárcel a 9 miembros de los Grupos Antifascistas Primero de Octubre (GRAPO) y ordenó la disolución de su brazo político, el Partido Comunista de España Reconstituido o PCE (r).

EFE El Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por siete de los nueve condenados en la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en julio del año pasado.

En concreto, los recursos fueron planteados por Aurora Cayetano y Yolanda Fernández, condenadas a 11 años; Carmen Muñoz y Leoncio Calcerrada, a 10 años y nueve meses; Carmen López, a 8 años y nueve meses; Israel Moleó, a 7 años y diez meses, y a Francisco Javier García Victoria y Juan Carlos Matas, a 6 años.

Los siete fueron detenidos, junto a los otros dos condenados -a 14 años de cárcel a Jesús Merino del Viejo y a 11 a Aurora Cayetano-, en sendas operaciones policiales desarrolladas en julio y noviembre del 2002.

El Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional y desestima los argumentos expuestos por las defensas de los condenados que esgrimieron en sus recursos, entre otras cuestiones, infracciones en las pericias y errores sobre la ilicitud de los hechos, además de vulneración de la libertad de expresión e información, y de participación en asuntos públicos.

La Audiencia Nacional declaró probado que la organización PCE(r)-GRAPO es una "asociación integral" con dos ramas, una política y otra militar, que profesa "el más extremista marxismo- leninismo" y defiende la lucha armada para la consecución de sus objetivos.

La sentencia añade que el PCE(r) nutre ideológicamente al "aparato militar" -es decir, a los GRAPO- "fijando la táctica y estrategia de la lucha armada".

La rama política de los GRAPO, según el tribunal de instancia, también escoge a los responsables de los comandos armados, decide la composición de los mismos y controla la selección, formación y adoctrinamiento de los miembros de la organización.

Esta última era la misión, por ejemplo, de Leoncio Calcerrada, de quien la sentencia dice que "se encargaba de poner en contacto a los nuevos miembros de la organización con los comandos del PCE(r)-GRAPO y del adoctrinamiento político previo"; de Carmen Muñoz, compañera sentimental del anterior; de Aurora Cayetano y de Francisco Javier García Victoria.

Según la Audiencia, Yolanda Fernández elaboró informes sobre directivos de Zara en Galicia como objetivos; Israel Moleón recabó información sobre empresas de trabajo temporal; Carmen López era la responsable del aparato de Propaganda; Juan Carlos Matas tenía un folleto con instrucciones para elaborar "cócteles molotov"; y Jesús Merino "formó parte activa de los comandos armados".

El Supremo considera que, "al tiempo de los hechos", el conglomerado PCE (r) GRAPO "estaba constituido por una pluralidad de personas jerárquicamente estructurada de manera estable para el cumplimiento de sus funciones, entre las que se hallaba los ataques violentos y armados contra personas y patrimonios, con finalidad de subvertir el orden constitucional".

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