ÁNGEL TRISTÁN PIMIENTA
En el primer rifirrafe parlamentario, Rajoy como presidente y Rubalcaba como líder de la oposición socialista que le controlaba, el jefe del ejecutivo justificó las protestas sindicales con la ladina afirmación de que "pierden mucho poder los sindicatos y las organizaciones empresariales, pero este Gobierno toma decisiones para el conjunto de los ciudadanos". Y lo que no cuadra es que no se nota que las patronales pierdan poder; a la vista de los síntomas más bien parece todo lo contrario. Las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros responden a las exigencias de la CEOE. Rosell advirtió a sus colegas ante las cámaras de TV que menos sonrisas, que pareciesen serios. Pero quieren más. Hay otro indicio: Esperanza Aguirre, punta del iceberg neoliberal, ha exigido, reiteradamente, poner coto al sindicalismo, cortar el grifo de las ayudas y acabar con sus 'liberados', que no son todos los que hay, porque la CEOE tiene los suyos aunque se les llame distinto. "Todos los sindicalistas son unos gandules y no hacen falta", corean los devotos en Intereconomía. "Hay que acabar con el despilfarro". Silencio ominoso, en cambio, sobre las subvenciones a las organizaciones de empresarios.
La Constitución Española es diáfana: Art. "Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios..." El artículo 28 amplía la protección sindical y, en cierta forma, privilegia con esta mención el derecho a sindicación: "Todos tienen derecho a sindicarse libremente (...)", que se complementa en el párrafo 2 con el reconocimiento del "derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses...", aunque esta tutela no sea incompatible con una regulación que no afecte el fondo del asunto. A mayor abundamiento, el art. 35 establece que "todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo (...) y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia...." que se amplía, quizás porque el legislador no acababa de fiarse de los poderes fácticos, con el art. 37: "la ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios". ¿Respeta la reforma aprobada por el gobierno del PP la letra y el espíritu de la Constitución, o bien constituye una puñalada por la espalda? Es más, en caso de que sea preciso un sacrificio nacional ante una situación extraordinaria ¿las medidas especiales afectan por igual, sin discriminación, a todos los escalones de la renta? ¿Se compensan los recortes salariales y laborales con medidas de protección inseparables del Estado de bienestar? Resulta que no; también la tijera se ceba con fruición mal disimulada en el 'estado de bienestar', en concordancia ideológica con la CEOE.
La legislación comparada, por ejemplo con Alemania, cuya Ley Fundamental inspiró casi literalmente a la española, suscita dudas acerca de la constitucionalidad de parte de las reformas del gobierno del PP. Una reciente sentencia del TC de Karlsruhe, obliga a revisar los salarios de los catedráticos al estimar el recurso de un profesor que considera que su sueldo, 3.890 euros mensuales más las pagas extraordinarias más 24 euros al mes por alumno no cumplía los requisitos del llamado 'principio de alimentación' que figura en la Carta Magna alemana (artículo 33, párrafo 5) y por la que el Estado está obligado a garantizar a sus funcionarios unos ingresos que permitan una vida digna", afirma la sentencia. El art. 33 de la ley alemana es casi idéntico al art. 35 de la española. Si no hay un amplio consenso con los trabajadores a través de sus órganos representativos, parece haber materia para un pronunciamiento del TC. Regresar a los años 70 tiene un coste; solo hay que repasar los periódicos, y a lo mejor los populares constatan que el riesgo es demasiado probable... y alto.
(tristan@epi.es)