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Punto de vista

Las personas fallecidas y las redes sociales

La participación en vida de las redes sociales supone un problema añadido en el momento de la muerte y ordenar la retirada de lo que la persona ha dejado durante sus años de vida. La muerte, lo único seguro de la vida. A pesar que este tema puede sonar algo escabroso, el objetivo que se pretende con este artículo es no serlo de ninguna manera y ser instructivo en cuanto a los mecanismos disponibles para dar de baja un perfil de un usuario que lamentablemente ha fallecido.

Cuando nacieron las redes sociales nadie preveía qué pasaba con los perfiles de los usuarios y su información cuando estos fallecieran. Con el tiempo, algunas han habilitado mecanismos para al menos poder hacer algo.

La mayoría de ciudadanos tiene al menos cuentas en alguna red social: Facebook, Twitter, Instagram, Pinterest, LinkedIn. Una cuenta donde almacenar fotos y vídeos o para agilizar tus compras. Sin embargo no nos hemos preguntado qué pasa con esas cuentas cuando mueres. La respuesta es sencilla: todas ellas seguirán vivas y circulando en la red eternamente, a menos que se haya gestionado correctamente. Así treinta millones (30) de usuarios de Facebook murieron en los ocho primeros años de existencia de dicha red social. Cada día, 10.000 personas fallecidas en Facebook son etiquetadas en una fotografía, les llegan felicitaciones de cumpleaños o reciben una solicitud de amistad.

La normativa de protección de datos juega un papel muy importante en este aspecto puesto que no aplica a personas ya fallecidas. La situación llegado el momento, es que elijas a alguien de confianza que puede ser el "tutor digital" de manera que al morir pueda gestionar tu vida online. En el caso de Facebook, la cuenta de un fallecido estará activa hasta que un familiar reporte la muerte o la página sea marcada como "Memoria" (La familia pide que se mantenga el perfil como homenaje al fallecido). En Twitter se mantendrá activa seis meses después que se reporte la muerte. En Pinterest nunca se desactiva y con Google estará activa nueve meses, sea reportada o el tiempo que haya estipulado el usuario con la herramienta de gestión de cuenta inactiva. Y si hablamos de plataformas como Twitter, se pondrá a disposición de la familia del fallecido un formulario para solicitar la eliminación de la cuenta de este, para ello será necesario demostrar la muerte del usuario a través incluso del certificado de defunción. Para pedir la desactivación de una cuenta en Google (si no se utiliza el gestor) se necesita un certificado de fallecimiento y un email, con encabezado y contenido desde la dirección de Google que se quiere eliminar.

Lo recomendable para gestionar tu vida on line desde mi experiencia profesional es que sea una persona muy cercana o incluso familiar directo y que dispongas de determinada documentación que te van a solicitar los diferentes sitios online que permiten llevar a cabo esta tarea del derecho al olvido. Por ejemplo, Google contempla el que el usuario, acogiéndose a su derecho a la privacidad, pueda solicitar la eliminación de contenidos que considere puede dañar a su reputación, fama, honor... etc. Esta persona deberá cumplir con los deseos del fallecido en relación al manejo de sus perfiles en las redes sociales, incluyendo si él o ella deseaban cancelar por completo todos los perfiles o mantenerlos como un recuerdo para ser visitado por amigos y familiares.

Otra opción es redactar un testamento para que la información que se desarrolló en vida no se utilice mal. Es importante pensar en dejar a alguien las contraseñas porque si alguien muere nadie más va a poder tener acceso a todo el contenido. Existen digital lockers (almacenes digitales) en donde se almacenan cuentas y contraseñas. Un testamento en formato electrónico no sería válido, puesto que no admite un documento electrónico o soporte duradero, expresada mediante imágenes, audio, digital o de cualquier otra forma escrita, ni siquiera aunque lo firmemos mediante firma electrónica reconocida. El motivo es simple, este tipo de testamento no consta escrito de puño y letra del testador, y no queda recogido en un papel, ambos requisitos necesarios para que, si acudimos a una interpretación estricta de la norma, sea válido. En ocasiones la realidad se adelanta a la promulgación de las normas. Las redes sociales se han ido adecuando a manejar o administrar la muerte de sus usuarios y han diseñado políticas que les permiten mantener un equilibrio entre respetar la privacidad de la persona fallecida y las demandas de los afligidos amigos y familiares.

stylename="050_FIR_opi_02">munguia@munguiaabogados.com

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