El Tribunal Constitucional - nunca mejor dicho- le ha echado un capote al gobierno del PP y a los partidarios de las corridas de toros al declarar la inconstitucionalidad de la ley catalana de julio de 2010 por la que se suprimieron los espectáculos taurinos en el territorio de aquella comunidad autónoma. La sentencia- cuyo ponente fue la magistrada catalana Encarnación Roja- establece que la lidia de toros es un patrimonio cultural inmaterial y por tanto su regulación es competencia exclusiva del Estado. A priori, y sin conocer el texto completo del fallo que se hará público dentro de unos días, el razonamiento excede de una interpretación estrictamente jurídica de la Constitución porque fue el gobierno de don Mariano Rajoy el que con mayoría absoluta en el Congreso y en el Senado aprobó dos leyes declarando la lidia como bien cultural inmaterial. La Constitución, por tanto, no se pronuncia sobre la legalidad o no de las corridas de toros ni sobre su regulación, pero facilita la postura del gobierno que es quien impuso esa condición . Ahora bien, ¿pueden las corridas de toros ser consideradas como bien cultural inmaterial?. Parece dudoso. El hecho de que un acontecimiento se haga costumbre, incluso tras una larga tradición histórica, no abona necesariamente su legalidad. Por el mismo procedimiento deberían haber sido declarados bienes culturales inmateriales las ejecuciones publicas de presos que gozaron en España y en otros paises de gran aceptación popular ( hasta los niños asistían al horrendo espectáculo). Yendo hacia atrás en la historia todavía disfrutaríamos hoy viendo como los leones se comían a los cristianos, los herejes eran arrojados a las llamas por orden de la Inquisición o cualquier otra barbaridad por el estilo ; sin despreciar los empalamientos y el despedazamiento de las extremidades con cuatro caballos titando de ellas en direcciones opuestas. Y no dudo que todos esos acontecimientos siniestros gozarían de amplia audiencia en los medios televisados como se demostró con las brutalidades atribuidas al llamado Estado Islámico. No es mi intención comparar todo eso con las corridas de toros, pero que el maltrato animal se da durante su desarrollo parece una verdad incontrovertible. Por esa misma razón, y con parecidos argumentos, fue prohibida en Gran Bretaña la caza del zorro que gozaba de gran popularidad y era un bien cultural inmaterial que se asociaba tanto a la imagen del país como aquí las corridas de toros. Desafortunadamente lo que está en juego en nuestro país no es un debate sobre la crueldad de la fiesta ni sobre el maltrato animal sino una pugna entre el rancio españolismo taurino y el catalanismo taurofobo. El primero de ellos sostiene que defiende esencialidades patrias y el segundo que se protege de una imposición ajena a su cultura y a su concepción del mundo. Una polémica imposible de llevar a buen puerto habiendo de por medio interés politico en mantenerla. Como demuestran las reacciones de los bandos enfrentados una vez conocida la sentencia. Para Garcia Albiol, del PP, "se trata de eliminar de la escena catalana cualquier tipo de señal que la una con España". En cambio ,para Mireia Boya, de la CUP, "estamos hartos de que el Tribunal Constitucional toree a este país con estocadas semanales al Parlamento catalán". El idioma español es abundante en imágenes taurinas