Ultimátum para precintar el centro comercial Las Terrazas

El alcalde de Telde y los concejales responsables podrían incurrir en un delito de obstrucción y desobediencia

 
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ACN PRESS El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado un plazo de cinco días al Ayuntamiento de Telde para ejecute que la orden de suspensión de la urbanización, construcción y apertura del centro comercial de Las Terrazas, en terrenos del Parque Marítimo de Jinámar, según consta en una providencia dictada este miércoles.

En la providencia se insta también al "inmediato precinto" de todas las instalaciones del nuevo y moderno equipamiento comercial y se apercibe al alcalde y concejales responsables de "deducir testimonio a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias" si incurren en un "delito de obstrucción a la Justicia y desobediencia a la autoridad judicial".

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), mediante auto dictado el pasado 17 de abril, ordenó la paralización de las obras de urbanización y de ejecución de los edificios y la apertura del centro comercial del Parque Marítimo de Jinámar, el de Las Terrazas, unas obras que no sólo están terminadas, sino recepcionadas por el Ayuntamiento, con el recinto abierto y con licencia municipal de apertura desde hace meses.

La Concejalía de Urbanismo solicitó una aclaración sobre esta medida cautelar del TSJC para que se le explique el alcance de la resolución y cómo puede actuar para ejecutarla habida cuenta de que las obras que le pide que pare ya acabaron. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6, en la providencia de este miércoles, no admite esta petición del Ayuntamiento de Telde por ser "extemporánea".

El auto de de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, dictado el 17 de abril de 2009, estimó el recurso de apelación que presentaron los denunciantes contra un primer auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria que les denegaba esa medida cautelar de freno de las obras.

Los demandantes son propietarios que alegan que sus terrenos están dentro del Plan Parcial que configuró el Parque Marítimo y que, por tanto, debió incluírseles en su desarrollo.

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