EFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia que resuelve que las seis sanciones impuestas al profesor Enrique Meléndez Hevia son contrarias a derecho al no entender que los factores 1 y 2 (conocidos popularmente como "polvos de Meléndez) sean medicamentos, como esgrimen sus detractores.
El 7 de julio de 2006 la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias le impuso a Meléndez seis sanciones por considerar que vulneraba la Ley del Medicamento, cada una de las cuales ascendía a 60.100 euros.
También se le prohibía continuar con la actividad en el Instituto de Metabolismo Celular y con el proyecto, lo que suponía el cierre de la actividad y dejar de proporcionar los conocidos factores 1 y 2.
La sentencia deja claro que los factores 1 y 2, compuestos por ácido aspártico y la glicina, no pueden ser considerados como medicamentos.