Es apreciable el contraste entre estas dos noticias: por un lado, el Tribunal de Estrasburgo, o Corte Europea de los Derechos Humanos, acaba de declarar (15 votos a favor y 2 en contra) que la presencia de crucifijos en las aulas no vulnera "los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones", ni "la libertad de religión de los alumnos"; y, por otro, que medio centenar de alumnos y alumnas de la Universidad Complutense irrumpieron hace unos días en la capilla católica del campus de Somosaguas y leyeron un manifiesto contra el "ataque" de la Iglesia a la homosexualidad y a las mujeres. "Contra el Vaticano, poder clitoriano", fue una de las consignas de los protestantes, al tiempo que algunas alumnas se desnudaban de cintura para arriba.

Tras la "performance" (según sus autores) de Somosaguas ha venido el torrente de efectos: el arzobispado de Madrid celebró en el lugar de autos una misa de desagravio, ha habido cuatro detenidos (ya puestos en libertad) y se anuncian expedientes y proceso penal por un delito tipificado: "El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses" (cabe discutir si ponerse en tetas es una ofensa a la fe, que seguramente no lo es, y si en la "performance" hubo profanación, que tampoco).

Y otro de los efectos ha sido que unos 160 profesores de universidades públicas han emitido un manifiesto: "La presencia de capillas y otros símbolos de poder religioso en las instituciones educativas públicas no responde a la satisfacción del derecho a la libertad de culto, sino a un privilegio de la Iglesia católica que va siendo hora de superar". El registro de capillas de uso habitual en las universidades públicas españolas no es excesivo: Complutense (cinco), Politécnica de Madrid, Barcelona, Alicante, Zaragoza, Valladolid y puede que algunas más. Las que existían en la Universidad del País Vasco y en Valencia fueron clausuradas hace tiempo.

¿Se justifica la existencia de capillas universitarias? ¿Son un privilegio de la Iglesia católica? Habría que echar mano para hallar algunos criterios, además del Concordato España-Santa Sede, de los borradores de la abortada Ley de Libertad Religiosa, que el Gobierno Zapatero echó atrás no se sabe si por suavizar tensiones con el Vaticano o por los detractores de aquellos papeles dentro del propio PSOE, dividido en varias corrientes acerca de la laicidad.

Lo público se definía en alguno de los borradores como un espacio neutro compartido, es decir, un ámbito en el que los signos y elementos religiosos particulares no han de ser dominantes unos sobre los otros, sino en el que todas las confesiones legítimas puedan tener expresión según determinadas pautas. En el caso de las capillas, su existencia en cárceles y hospitales se justificaría por la sujeción de las personas a dichos recintos, mientras que este criterio no estaría tan claro en aeropuertos, universidades o cuarteles militares (en este último caso la atención católica a las Fuerzas Armadas viene regida por el Concordato de 1953, que también señala la asistencia religiosa en "hospitales, sanatorios, establecimientos penitenciarios, orfanatos y centros similares").

¿Y en las universidades? El criterio de sujeción de los alumnos a dichos centros no sería diáfano (absentismo aparte). Es decir, un alumno creyente de cualquier confesión puede satisfacer sus necesidades espirituales en los lugares de culto de las respectivas religiones. Sin embargo, las capillas universitarias existen y habría que ver la que se organiza si una hipotética ley establece su clausura. Bastantes de esas capillas fueron abiertas, o reabiertas tras años de cierre, en la década de los ochenta, un tiempo de restauración católica alentada por el pontificado de Juan Pablo II. Yo mismo presencié la apertura de la capilla de Ciencias de la Información en la Complutense, hacia 1989. Algunos sindicatos de estudiantes y algunos profesores se opusieron claramente, pero no llegó la sangre al río. Aquella apertura de capillas, vista desde el interior de la Iglesia, era más una reafirmación de la presencia católica en la vida pública que la satisfacción de una necesidad imperiosa.

Pero periódicamente las capillas se calientan. El enfriamiento sólo se nos ocurre mediante la frialdad administrativa basada en ese principio de la neutralidad compartida (pese a su riesgo de ecualizar el cristianismo propio de Occidente con otras creencias). El uso de lo público está abierto a los ciudadanos y sus colectivos, ya estén agrupados por creencias religiosas, ideológicas, cívicas, culturales, etcétera. El mismo derecho tiene a solicitar un espacio en una facultad (si hubiere disponibilidad) un grupo de universitarios católicos como la Asociación Universitaria de Filatélicos (pongamos). Si alguien entra en el espacio de esta última y realiza una "performance" escupiendo sobre los sellos, obtendrá el correspondiente expediente, además de afrontar las responsabilidades penales en que hubiera incurrido.

No obstante, en España siempre permanece la picazón de que la Iglesia católica irrumpe demasiado en la vida pública. El enfriamiento de esta opinión es más difícil. Algunos creemos que su irrupción suele traer más beneficios (Cáritas, atención a las personas, sustento de valores de convivencia, trabajo en el Tercer Mundo, etcétera) que perjuicios (grietas en su doctrina moral, imagen de intolerancia, disimulo de sus errores). Y arrimando el ascua de la sentencia de Estrasburgo a las capillas universitarias, no existe prueba objetiva de que ejerzan un influjo negativo en su entorno.