El individuo en cuestión, condenado previamente por un delito de malos tratos en el ámbito familiar, aseguró al hijo de ambos que "la vería en una caja de pino" y que el asunto "saldría en televisión". Y a ella la llamó "zorra" por teléfono. Durante el juicio admitió que había insultado a su mujer. Pero la defensa arguyó con éxito que usó dicho término para "describir la actitud de un animal que debe actuar con especial precaución". El juez del juez del Olmo, ponente de la sentencia de la Audiencia de Murcia, que preside una magistrada, argumentó que aunque "existe prueba suficiente" de la culpabilidad del ex marido en cuanto a las amenazas e insultos, arguye que su comportamiento no reviste los contornos de la violencia de género y que dicho insulto "no atendió a un menosprecio a la condición de mujer de la víctima ni supuso una exteriorización de mensaje verbal de imposición de la voluntad del acusado sobre su mujer". Los expertos consultados consideraron un error serio o, cuanto menos, una interpretación muy arriesgada la realizada por esa sala de Murcia. Con todo, fueron cautelosos en tanto que conocen los hechos, el fallo de la sentencia y los párrafos más significativos a través de su reproducción en los medios.

Clara Eugenia Hernández Rivero, lingüista y profesora titular de Lengua Española de la Universidad grancanaria, destaca que entre las acepciones del término zorra, que es polisémico, figura en el diccionario de la Real Academia Española, tras las dos primeras, referidas a la descripción del animal zorro, una tercera acepción que es "carro bajo y fuerte; la cuarta es prostituta, la quinta persona astuta y solapada, y siguen otras". "¿Por qué razón los jueces consideran que el acusado quiso decir persona astuta y no prostituta, o incluso carro bajo y fuerte, por ejemplo?", se preguntó.

Hernández Rivero suscribe que en un contexto de conflicto, como es el caso juzgado, el uso de la palabra zorra, aún cuando el acusado quisiera indicar que su ex mujer era astuta, no deja de ser por ello un insulto, en tanto que se suman en una varias acepciones de modo inevitable (la de prostituta, como insulto, no como actividad y la de persona astuta, en su caso). "La polisemia funciona en poesía con términos que a la vez significan varias cosas". La profesora grancanaria adujo a los efectos que "las palabras viven en las relaciones comunicativas" y que son producto de "contextos lingüísticos, de su relación con otras palabras". "En un contexto comunicativo de cariño, tonto no es un término peyorativo, al contrario". En este punto estimó "muy difícil, dada la trayectoria del acusado y sus amenazas entender que no quiso insultar al utilizar el término zorra. ¿Cómo pueden los jueces interpretar la lengua a su criterio?".

Insultos y sexo

A su vez, la profesora señala que están en auge los estudios lingüísticos sobre el insulto, que la Universidad grancanaria acaba de iniciar uno dirigido por el catedrático José Antonio Samper. Pero que de los ya realizados, como el del profesor José Ramón Gómez Molina, en Barcelona, que "los hombres cuando quieren insular prefieren los insultos con carga sexual -como zorra, o maricón, por ejemplo- mientras que las mujeres utilizan más insultos con carga intelectual -como estúpido, ignorante...-". De modo que "cuando se dice zorra está clara la voluntad, de la misma manera que se sabe qué se quiere decir cuando utilizamos el femenino de tigre -tigresa- o bien vampiro -vampiresa-". La profesora grancanaria alude, por último, a una nueva práctica disciplinar, la lingüística forense, con la cual expertos lingüistas dirimen cuestiones de lenguaje cuando son aspectos centrales en un juicio. Cita los casos de las unidades que dirigen María Teresa Turell en Valencia y Antonio Briz en Barcelona y se hallan ya actuando en el ámbito judicial.

En términos muy parecidos se expresa el también lingüista, catedrático de Lengua de la Universidad de La Laguna y presidente de la Academia Canaria de la Lengua, Marcial Morera. A su juicio "es muy arriesgado sostener en una sentencia que la intención del individuo que había sido juzgado no fuera la de insultar y vejar a su mujer, cuando se indica a la vez que la amenazaba". A su juicio, los jueces deberían ser especialmente rigurosos a la hora de enjuiciar los usos de lenguaje, que son siempre "contextuales" y echan mano incluso de especialistas cuando lo que se dijo y cómo se dijo se convierte en el asunto central del hecho juzgado. Morera aludió también a las unidades de lingüistas forenses, aunque subraya que por el momento son reclamados en caso de dudas acerca de la interpretación semántica de las normas, no tanto para hechos que son juzgados.

Banalización

Por su parte Olga Correas, psiquiatra y psicoanalista, indica, subrayando que conoce muy por encima el caso tras leerlo en los medios, que "lo primero que pensé fue que estábamos ante un juez inocente, en el sentido de inocencia o ingenuidad, porque ante una palabra que es clarísimo que es lugar común de insulto para una mujer parece que el juez señala que la víctima está siendo alabada". A su juicio, hacer esa interpretación es "como dejar un acto en manos de la semántica, abandonarlo a los juegos semánticos, de modo que da igual que un hombre maltrate a una mujer si lo que le dice es que es muy astuta. Eso es sacar las cosas de contexto".

Para Correas sentencias como éstas "dilucidan sobre cuestiones que aparecen como cascabeles y no sobre los hechos. El término en sí mismo no sólo hay que analizarlo en qué sentido fue enunciado para empezar, sino ponerlo en relación con lo que está de fondo. Lo contrario es banalizar los actos en favor de los juegos semánticos, con lo cual al final parece que el acusado se acabara de caer del guindo; se banalizan así sus actos". Para esta reconocida psicoanalista "hay que estar sobre los hechos y los hechos son los actos. Si esa pareja, ese ex marido y esa ex mujer, han llegado al punto que han llegado no será por una palabra sino por algo más". A un tiempo subraya que si un juez va a entrar a juzgar la subjetividad de un individuo por de pronto "debe dejar la suya aparte y luego juzgar la subjetividad no sólo del acusado sino de la víctima".

Por su parte, María Isabel Iglesias, directora de la Unidad de Igualdad de la Universidad grancanaria, alude al diccionario para subrayar las muy diversas acepciones del término zorra y se muestra "escandalizada" por la sentencia de la Audiencia de Murcia y por cómo ésta, a su juicio, "enjuicia de manera absolutamente inadecuada el contexto, un aspecto determinante, para de ahí derivar el sentido del insulto, cuando es muy obvia la intención vejatoria".