El Tribunal Supremo condena a 20 años de cárcel a un profesor de kárate por violar a un niño de 9 años y distribuir pornografía infantil en internet de menores de muy corta edad e incluso bebés.

La sentencia aumenta de 18 a 20 años la condena al acusado, respecto a las penas que le impuso la Audiencia de Tenerife en mayo de 2015, al estimar un recurso de la Fiscalía por inaplicación indebida, en el delito de distribución de pornografía infantil a través de internet, de la agravante derivada del tipo de escenas entre adultos y niños que se mostraban en los archivos compartidos por el acusado.

La sentencia destaca que el contenido del material pornográfico, tal como se describe en la sentencia de la Audiencia de Tenerife, "es claramente expresivo de un brutal ejercicio de violencia sexual por parte de adultos sobre niños".

La agresión sexual al menor de 9 años se produjo en 2013 en un gimnasio propiedad del acusado. La sentencia de la Audiencia de Tenerife declaró además prescrita la responsabilidad penal del acusado en otros tres delitos continuados de abuso sexual que cometió sobre tres hermanas menores de edad en la década de los 90, cuando era conductor de guagua infantil.

Este caso conmocionó a la sociedad tinerfeña, que observó las terribles coincidencias de este caso con el conocido como caso kárate de Gran Canariacaso kárate, descubierto en 2010 y que supuso la condena a 576 años de prisión a los tres acusados de tejer una red en torno a menores deportistas para aprovecharse sexualmente de ellos. Los principales actores de la también llamada secta del kárate eran Fernando Torres Baena, su pareja María José González Peña y la amiga de ambos Ivonne González Herrera. Fueron condenados a 302, 148 y 126 años, respectivamente.