La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El SCS emplaza a los profesionales a denunciar las agresiones con rapidez

Las gerencias reciben una directriz con el procedimiento a seguir en caso de altercado P Dos facultativas han sido agredidas este mes en su centro de salud

El SCS emplaza a los profesionales a denunciar las agresiones con rapidez

El Servicio Canario de la Salud (SCS) ha distribuido una instrucción mediante la que se establece el procedimiento a seguir por parte del personal que es agredido física o verbalmente en el ejercicio de su profesión. En dicho documento, firmado por el director del SCS, Roberto Moreno, se aconseja a los trabajadores y a las gerencias que tramiten las solicitudes de asistencia letrada lo antes posible, ya que existe una limitación de los plazos de prescripción de las faltas y delitos.

La publicación de la instrucción a principios de este mes coincide en el tiempo con la agresión a dos facultativas del Centro de Salud del Puerto, en la capital grancanaria, en dos sucesos independientes y separados entre sí por tan sólo unos días. Los supuestos agresores de las médicos fueron dos jóvenes de 25 y 31 años, éste último acompañante de un paciente.

Ante este tipo de conflictos, el SCS recuerda a su personal que existe un convenio de colaboración suscrito con el Consejo Canario de Colegio de Abogados, por el que esta institución tramita de forma gratuita las denuncias presentadas por los profesionales del SCS, a través de su correspondiente gerencia.

La directriz explica que el servicio de asistencia jurídica presta servicio en caso de que la agresión sufrida al personal sea derivada del ejercicio de sus funciones por parte de los usuarios de los servicios sanitarios. Se considera agresión tanto a la física como la verbal.

En cuanto a las agresiones físicas, incluyen tanto los supuestos en que como consecuencia se cause lesión al profesional, como en aquellos en que no se cause. Con respecto a amenazas y coacciones, se refiere a las amenazas contra el profesional, contra su familia o contra otras personas con las que esté íntimamente vinculado. Además, se recogen las injurias e insultos, como delitos y faltas contra el honor.

Asimismo, se especifica que para recibir dicha asistencia letrada, la agresión debe proceder del usuario del servicio sanitario, es decir, del paciente o acompañantes y familiares, no incluyendo a los trabajadores del SCS, salvo que éstos se encuentren en el centro en calidad de usuarios y no en el ejercicio de su labor profesional.

Dicho servicio de asistencia jurídica incluye tanto la agresión consumada, como en grado de tentativa. Dicha agresión debe sufrirla el trabajador en el ejercicio de sus funciones como perso- nal del SCS, ya sea en el propio centro de trabajo o fuera del mismo, pero siempre como consecuencia del desempeño de su labor profesional.

El SCS señala que en el caso de agresión física, el afectado debe acudir de manera inmediata al servicio de Urgencias, donde tras el reconocimiento médico, recogerá del facultativo el correspondiente parte de lesiones.

Posteriormente, debe presentar en su centro de trabajo el denominado "registro de comunicación interna de agresiones" que será proporcionado por la gerencia correspondiente. El agredido también puede cursar la denuncia ante la Fiscalía.

Además, las gerencias deben informar al trabajador de la posibilidad de recibir asesoramiento y orientación jurídica especializada y gratuita en materia civil y penal, sobre cuestiones relacionadas o derivadas de la agresión; y asistencia letrada en juicio hasta la sentencia en Primera Instancia y la ejecución de sentencia firme.

Compartir el artículo

stats